Qué Autónomos Están Exentos de VeriFactu: La Guía Definitiva
Con la llegada del sistema VeriFactu, una de las preguntas más repetidas entre profesionales es: ¿me afecta a mí? Aunque la norma busca una aplicación generalizada, existen excepciones muy concretas. Es crucial entenderlas, ya que un error en la interpretación puede llevar a incumplimientos y futuras sanciones.
Si quieres la guía más detallada sobre el sistema, sus plazos y cómo adaptarte, te recomendamos consultar nuestra guía completa sobre VeriFactu 2025. Para aclarar quién está fuera de esta obligación, es fundamental acudir a la fuente oficial, el Real Decreto 1007/2023, que establece el marco regulatorio.
1. Respuesta Directa: ¿Hay Autónomos Exentos de VeriFactu?
La respuesta corta es: muy pocos. La regla general es que todos los empresarios y profesionales que emiten facturas por sus actividades económicas deben adaptar sus sistemas informáticos a los requisitos de VeriFactu. Sin embargo, la normativa contempla algunas excepciones claras y otras que dependen de la naturaleza de la operación.
La principal y más clara exención es para aquellos autónomos y empresas que ya reportan sus registros de facturación a través del Suministro Inmediato de Información (SII) de la Agencia Tributaria. Para el resto, las exenciones son puntuales y se ligan más al tipo de operación que al tipo de autónomo.

2. Las 3 Excepciones y Matices Clave de VeriFactu
Para entender si tu actividad encaja en una exención, es vital analizar los siguientes casos específicos que detalla la normativa o que se derivan de ella.
2.1. 1. Profesionales en el Suministro Inmediato de Información (SII)
Esta es la exención más significativa. Los autónomos y empresas cuyo volumen de facturación supera los 6 millones de euros, los inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA) o los que se acogieron voluntariamente al SII, están exentos de la obligación de VeriFactu.
La razón es simple: la Agencia Tributaria considera que el SII ya cumple con el objetivo de control y trazabilidad que persigue VeriFactu, por lo que no tiene sentido duplicar la obligación.
2.2. 2. Operaciones Exentas de la Obligación de Emitir Factura
Existen ciertas actividades económicas que, por su naturaleza, están exentas de la obligación de expedir factura según el Reglamento de Facturación. Si todas las operaciones de un autónomo se enmarcan en esta categoría, no necesitará un sistema VeriFactu. Algunos ejemplos son:
- Actividades educativas o sanitarias exentas de IVA.
- Determinadas operaciones financieras y de seguros.
- La intermediación en la compra-venta de criptomonedas o divisas.
¡Atención! Si un autónomo combina una actividad exenta (ej. formación reglada) con otra que sí requiere factura (ej. consultoría), deberá usar un sistema VeriFactu para las facturas de la segunda actividad.
2.3. 3. Los Regímenes Especiales: Módulos, Agricultura y Recargo de Equivalencia
Aquí es donde surgen más dudas. La exención no es total y tiene matices importantes:
- Autónomos en Módulos (Estimación Objetiva): No están obligados a usar VeriFactu para las operaciones por las que tributan en este régimen, siempre que no deban emitir una factura completa. Sin embargo, si un cliente (otro profesional o empresa) les exige una factura completa por una operación, esa factura específica sí debe generarse con un sistema VeriFactu.
- Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP): Están exentos para los recibos agrarios que emiten los compradores de sus productos. La lógica es que no son ellos quienes emiten el documento.
- Recargo de Equivalencia: Los comerciantes minoristas en este régimen no emiten facturas a clientes finales, por lo que no necesitan VeriFactu para esas ventas. Pero si venden a otro profesional que necesita factura, deberán emitirla cumpliendo con VeriFactu.
3. No Confundas VeriFactu con la Factura Electrónica B2B
Es fundamental no mezclar conceptos. La obligación de usar VeriFactu se refiere a que tu software de facturación cumpla unos requisitos técnicos de integridad e inalterabilidad. Por otro lado, la Ley Crea y Crece obliga a expedir facturas electrónicas en todas las operaciones entre empresas y autónomos (B2B).
Aunque están relacionadas, son obligaciones distintas con plazos diferentes. Un autónomo puede estar obligado a ambas cosas: emitir facturas en formato electrónico (FacturaE) a sus clientes empresarios, y hacerlo con un software que sea VeriFactu.
4. Tabla Resumen: ¿Estoy Obligado o Exento?
Caso del Autónomo | ¿Obligado a VeriFactu? | Aclaración Importante |
Regla General (Servicios, Comercio, etc.) | Sí | La gran mayoría de autónomos entran aquí. |
Acogido al SII | No | El SII ya cumple la función de control. |
En Régimen de Módulos | Depende | Solo si emite facturas completas a otros profesionales. |
Actividad 100% exenta de IVA (ej. Médico) | No | Si no hay obligación de emitir factura, no aplica. |
Territorios Forales (País Vasco, Navarra) | No | Aplican sus propios sistemas (TicketBAI, etc.). |
5. Pasos para Confirmar si Estás Exento y Qué Hacer
- Analiza tu Régimen Fiscal: ¿Estás en el SII? Si la respuesta es sí, estás exento. Si estás en módulos, agrario o recargo de equivalencia, analiza el paso 2.
- Revisa tus Operaciones: ¿Emites siempre facturas simplificadas o hay clientes (empresas/autónomos) que te piden factura completa? Si haces facturas completas, necesitas VeriFactu para ellas.
- Consulta a tu Gestoría: Ante la duda, la mejor opción es consultar con tu asesor fiscal. Ellos conocen tu casuística y pueden darte una respuesta definitiva y evitarte problemas con Hacienda.
- Comunica tu Decisión en tu Software: A partir de julio de 2025, los programas de facturación requerirán que el usuario indique si se acoge voluntariamente al sistema VeriFactu (envío automático a la AEAT) o si solo usa el software para cumplir la normativa sin envío.
6. Preguntas Frecuentes (FAQs)
1. ¿Quién está exento de VeriFactu de forma clara y total?
Principalmente, los autónomos y empresas que ya utilizan el Suministro Inmediato de Información (SII). También aquellos que operan en los regímenes forales del País Vasco y Navarra, ya que tienen su propio sistema (TicketBAI). Además, quienes realizan exclusivamente operaciones exentas de la obligación de facturar (ciertas actividades sanitarias, educativas, etc.) no necesitan VeriFactu.
2. Si soy autónomo en módulos, ¿estoy exento de VeriFactu?
Estás exento con matices. No necesitas VeriFactu para las operaciones habituales de tu régimen por las que no emites factura completa. Sin embargo, si un cliente profesional te pide una factura completa, esa factura específica sí debe ser generada con un software que cumpla los requisitos de VeriFactu.
3. ¿Un bar o restaurante está obligado a usar VeriFactu?
Sí. Los bares y restaurantes, como cualquier negocio que emite facturas (sean simplificadas o completas), están obligados a utilizar un software de TPV y facturación que cumpla con la normativa VeriFactu a partir de la entrada en vigor de la ley.
4. ¿Qué diferencia hay entre estar exento de VeriFactu y de la factura electrónica?
VeriFactu es la norma que regula las características técnicas del software de facturación (para evitar fraudes). La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) es la obligación de emitir facturas en un formato electrónico estructurado (como FacturaE) en transacciones entre empresas y autónomos (B2B). Son dos obligaciones diferentes y puedes estar obligado a una, a ambas o a ninguna.
5. ¿Cuándo entra en vigor VeriFactu para autónomos?
Los desarrolladores de software deben ofrecer soluciones adaptadas antes del 1 de julio de 2025. Los autónomos (personas físicas) estarán obligados a usar estos sistemas a partir del 1 de julio de 2026.
6. ¿Los autónomos del sector agrario están exentos?
Sí, están exentos en lo que respecta a los recibos del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP), ya que estos documentos los emite el comprador. Si realizan otra actividad sujeta a facturación normal, sí necesitarían VeriFactu para ella.
7. Si solo hago facturas a clientes particulares (B2C), ¿me libro de VeriFactu?
No. La obligación de VeriFactu afecta a todo el que expide facturas, ya sean a particulares (B2C) o a empresas (B2B). Tu software de TPV o facturación debe cumplir con los requisitos igualmente.
8. ¿VeriFactu es gratuito?
No necesariamente. VeriFactu es un conjunto de normas que los software de facturación deben cumplir. La Agencia Tributaria ofrecerá una aplicación gratuita para la facturación electrónica, pero la mayoría de autónomos y pymes usarán software de mercado, que son de pago y deberán estar adaptados.
9. ¿Qué pasa si mi actividad está exenta de IVA?
Depende. «Exento de IVA» no significa «exento de facturar». Por ejemplo, los servicios médicos están exentos de IVA pero deben emitir factura. En ese caso, sí están obligados a usar VeriFactu. Solo si tu actividad está exenta de la obligación de expedir factura, estarás exento de VeriFactu.
10. ¿Cuál es la diferencia entre VeriFactu y el SII?
El SII es un sistema de envío casi inmediato de los registros de IVA a la AEAT, obligatorio para grandes empresas. VeriFactu es un estándar técnico para todos los software de facturación que garantiza la integridad de los registros, y puede incluir el envío voluntario de datos a la AEAT. Si ya estás en el SII, no necesitas VeriFactu.
11. ¿Tengo que usar VeriFactu si facturo muy poco?
Sí. La obligación no depende del volumen de facturación (a menos que superes los 6M€ y entres en el SII). Un autónomo que emita una sola factura al año debe hacerlo con un sistema que cumpla la norma.
12. ¿Qué autónomos no están obligados a presentar el IVA?
Aquellos que realizan exclusivamente actividades exentas de IVA (como médicos, psicólogos, formadores de materias incluidas en planes de estudio oficiales) o los que están en regímenes especiales como el de recargo de equivalencia o el agrario, que tienen una mecánica de IVA distinta.
13. Si estoy en el recargo de equivalencia, ¿me afecta VeriFactu?
Sí, pero solo si emites facturas a otros profesionales. Para las ventas a cliente final (para las que no emites factura) no aplica. Pero si un cliente autónomo o empresa te pide una factura para deducírsela, esta debe hacerse con un sistema VeriFactu.
14. ¿Qué implica no usar un sistema VeriFactu estando obligado?
Implica un incumplimiento de la normativa tributaria. Las sanciones por no utilizar un software de facturación certificado o por usar un software de doble uso pueden ser muy elevadas, llegando hasta los 50.000€ por ejercicio fiscal.
15. ¿Cómo puedo saber si mi software actual cumplirá con VeriFactu?
Debes contactar a tu proveedor de software. Las empresas de desarrollo están obligadas a certificar que sus programas cumplen con el Real Decreto 1007/2023. Deberían informarte activamente sobre la adaptación y los plazos.