Sanciones Verifactu 2025: concepto visual de una multa de la AEAT junto a un escudo protector y un empresario preocupado.

💥 Sanciones Verifactu 2025: ¡Evita Multas AEAT de 50K€ a 150K€! 🚨

Resumen: Las sanciones Verifactu pueden alcanzar los 50.000€ para autónomos/pymes y 150.000€ para desarrolladores de software por incumplir la Ley Antifraude y el RD 1007/2023. Esta guía exhaustiva explica los tipos de multas, quién puede ser sancionado, ejemplos reales, cómo evitar errores críticos y el procedimiento de la AEAT a partir de julio de 2025.

 

El sistema Verifactu, con su entrada en vigor generalizada prevista para el 1 de julio de 2025, no es solo una nueva forma de gestionar la facturación; es una obligación legal con un régimen sancionador muy serio detrás. Si eres autónomo, tienes una PYME o desarrollas software de facturación, ignorar las posibles sanciones Verifactu es un riesgo que tu negocio no se puede permitir.

¿Realmente comprendes a qué te enfrentas si tu sistema de facturación no está adaptado? La Agencia Tributaria (AEAT) ha dejado claro que el incumplimiento tendrá consecuencias económicas significativas, y las multas verifactu están diseñadas para ser ejemplarizantes.
Razón: Se introduce la keyword de forma natural al hablar de las consecuencias económicas del incumplimiento.

La preocupación es comprensible: la amenaza de multas que pueden llegar a los 50.000€ para los usuarios finales, e incluso a los 150.000€ para los desarrolladores de software, es un factor de estrés considerable. Muchos se preguntan: «¿Qué pasa si mi TPV no tiene QR?», «¿Y si mi programa no guarda todo como dice la ley?».

En esta guía definitiva, vamos a desgranar el universo de las sanciones Verifactu y las temidas multas verifactu. Te explicaremos qué dice la Ley Antifraude, quiénes son los responsables, los tipos de infracciones, las cuantías exactas y, lo más importante, te daremos las claves y los pasos prácticos para que puedas blindar tu negocio y evitar estas costosas penalizaciones. ¡Estar bien informado es tu mejor defensa!

 

 

 

 

1. ¿Qué es Verifactu y por qué su Incumplimiento Conlleva Sanciones Tan Graves?

Antes de sumergirnos en el detalle de las sanciones Verifactu, es crucial recordar brevemente qué es este sistema. Verifactu no es un software específico, sino un conjunto de requisitos técnicos obligatorios que deben cumplir todos los sistemas informáticos utilizados para la facturación en España (TPVs, programas de gestión, etc.), establecidos en el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo principal es combatir el fraude fiscal asegurando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de cada registro de facturación.

Esto implica que el software debe generar un registro Verifactu por cada factura (con su «hash» o huella digital y correctamente encadenado), incluir un código QR específico en las facturas simplificadas (tickets), y en muchos casos, tener la capacidad de remitir esta información a la AEAT. Para una visión completa y detallada de todos los aspectos de esta normativa, te recomendamos nuestra guía sobre qué es Verifactu y cómo te afecta. Si aún tienes dudas generales, nuestro artículo pilar sobre Verifactu 2025 te servirá de base.

La gravedad de las sanciones Verifactu responde directamente a la importancia que la Agencia Tributaria otorga a este sistema como herramienta para la prevención y detección del fraude. Al asegurar que todas las transacciones quedan registradas de forma indeleble y verificable, se dificulta enormemente la economía sumergida y la manipulación contable. Por ello, el incumplimiento no se considera un error administrativo menor, sino una falta que atenta contra los pilares del sistema tributario, justificando así la dureza de las posibles multas.

 

Infografía conceptual: Logo AEAT con lupa sobre facturas y sistema Verifactu, simbolizando el control y las posibles sanciones Verifactu por fraude.
Verifactu refuerza el control fiscal; su incumplimiento activa un severo régimen de sanciones.

 

 

 

3. ¿Quién Puede Ser Multado por Incumplir Verifactu? Un Abanico de Responsables

La responsabilidad por el incumplimiento de la normativa Verifactu, y por tanto el riesgo de enfrentarse a sanciones Verifactu, no recae únicamente sobre un tipo de actor. La normativa es clara al señalar diferentes responsables, creando un ecosistema donde todos los implicados deben asegurar la conformidad:

  • Usuarios Finales (Empresarios y Profesionales): Aquí se incluye la inmensa mayoría de autónomos y PYMEs que emiten facturas o tickets como parte de su actividad económica. Son los principales responsables de asegurarse de que el software de facturación o TPV que utilizan en su día a día cumple con todos los requisitos establecidos en el RD 1007/2023. La «mera tenencia» de un software no conforme, incluso si no hay una intención probada de defraudar, ya es motivo de sanción para el usuario.

 

  • Productores y Desarrolladores de Software: Las empresas tecnológicas que crean, programan y desarrollan las aplicaciones de facturación, contabilidad o TPV. Tienen la obligación crítica de que sus productos sean inherentemente conformes a Verifactu, no permitan la manipulación o supresión de datos de forma irregular, y deben emitir una **declaración responsable** certificando dicho cumplimiento.

 

  • Comercializadores y Distribuidores de Software: Aquellos que venden, distribuyen o implantan estos programas de software. También comparten responsabilidad en asegurar que los productos que ofrecen al mercado cumplen con la legalidad vigente y no facilitan el incumplimiento por parte de los usuarios finales.

 

Se establece así una cadena de responsabilidad. Si un autónomo es sancionado por usar un software no conforme, esto podría llevar a investigaciones sobre el desarrollador o comercializador de dicho software, y viceversa. El objetivo de la AEAT al definir este amplio espectro de responsables es asegurar que el ecosistema de facturación en su totalidad se alinee con los principios de integridad y transparencia que persigue Verifactu, haciendo que las sanciones Verifactu sean un disuasivo efectivo en todos los niveles.

 

Diagrama de flujo mostrando la responsabilidad compartida entre AEAT, desarrolladores de software y usuarios (autónomos/pymes) en el cumplimiento de Verifactu para evitar sanciones.
La responsabilidad del cumplimiento Verifactu es compartida: AEAT legisla, desarrolladores proveen y usuarios utilizan correctamente.

 

4. Tipos de Sanciones y Multas Verifactu: Cuantías Detalladas

La Ley General Tributaria (LGT), en su artículo 201 bis, establece de forma clara las cuantías de las sanciones Verifactu, comúnmente conocidas como multas verifactu. Es fundamental conocerlas en detalle para comprender la magnitud del riesgo.

 

 

4.1. Sanción Principal para Usuarios (Autónomos/PYMEs): Los Temidos 50.000€

Esta es la sanción que más directamente preocupa a la mayoría de los negocios. Según el artículo 201 bis.1 de la LGT, se considera infracción tributaria grave la mera tenencia de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que no cumplan las especificaciones técnicas exigidas por la normativa reglamentaria (es decir, los detalles del RD 1007/2023 sobre Verifactu).

 

  • Que hayan sido alterados o modificados para permitir la llevanza de contabilidades distintas, la omisión de anotaciones o la alteración de las mismas.

 

  • Que no cuenten con la preceptiva declaración responsable expedida por el productor o fabricante, o que teniéndola, esta no sea conforme con la realidad.

 

La consecuencia económica de esta infracción grave es una **multa pecuniaria fija de 50.000 euros**. Es crucial entender que esta multa se aplica:

  • Por cada ejercicio fiscal en el que se haya producido el incumplimiento (no es una multa única si el problema persiste varios años).

 

  • Por cada sistema informático distinto que se utilice y que incurra en la infracción.

 

Esta contundente sanción Verifactu busca eliminar cualquier incentivo para utilizar software que no garantice la integridad y transparencia de los registros de facturación.

 

 

4.2. Sanción Principal para Desarrolladores/Comercializadores: Hasta 150.000€

La normativa también impone duras sanciones Verifactu a quienes producen, fabrican o comercializan el software. El artículo 201 bis.2 de la LGT tipifica como infracción tributaria muy grave la fabricación, producción y/o comercialización de sistemas y programas informáticos o electrónicos que:

  • Permitan, por sí mismos o mediante módulos asociados, llevar contabilidades distintas en los términos del artículo 200.1.d) de la LGT (el conocido «software de doble uso»).

 

  • Permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas.

 

  • Permitan reflejar transacciones distintas a las anotaciones realizadas.

 

  • Permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable.

 

  • No cumplan las especificaciones técnicas exigidas por Verifactu (detalladas en el RD 1007/2023).

 

  • Se comercialicen sin la debida declaración responsable que acredite su conformidad.

 

La sanción en este caso es una **multa pecuniaria fija de 150.000 euros**. Al igual que la anterior, se aplica por cada ejercicio económico durante el cual se hayan producido ventas y por cada tipo distinto de sistema o programa informático que sea objeto de la infracción.

 

 

4.3. Multa por Falta de Declaración Responsable del Software

Adicionalmente a las grandes multas por tenencia o comercialización de software infractor, el RD 1007/2023 y la LGT ponen énfasis en la necesidad de que los programas Verifactu cuenten con una declaración responsable emitida por su fabricante o productor. Este documento es una autocertificación donde el desarrollador asegura que su software cumple con todos los requisitos legales y técnicos de Verifactu.

La falta de esta declaración responsable, o que esta no sea conforme con la realidad del software, también es sancionable específicamente para los fabricantes, productores y comercializadores. La LGT, en su artículo 201 bis.2, establece una multa pecuniaria fija de 1.000 euros por cada sistema o programa informático comercializado en el que no se cumpla con el deber de expedir esta certificación.

Aunque esta multa recae sobre el proveedor, indirectamente protege al usuario, ya que le da una herramienta (exigir la declaración) para verificar la conformidad del software que adquiere y así protegerse de las sanciones Verifactu de 50.000€.

 

 

4.4. Otras Sanciones Relacionadas con la Mala Gestión de Facturación bajo Verifactu

Es importante entender que, además de las sanciones específicas por el software Verifactu, una mala gestión de la facturación, aunque se use un sistema teóricamente conforme, puede derivar en otras penalizaciones del régimen general tributario:

  • Sanciones por datos incorrectos o incompletos en las facturas (Art. 201 LGT): Si las facturas emitidas (incluso con un sistema Verifactu) contienen errores en datos obligatorios (NIF, dirección, descripción, desglose de IVA, numeración, etc.), se pueden imponer sanciones. Estas suelen ser del 1% del importe de las operaciones correspondientes, con un mínimo de 300 euros por factura, o multas fijas por datos incorrectos.

 

  • Sanción por no incluir el código QR correctamente: La omisión o la incorrecta generación del código QR en las facturas simplificadas o tickets es un incumplimiento formal de los requisitos de Verifactu y del Reglamento de Facturación, y puede ser sancionado como un defecto de facturación.

 

  • Sanciones por incumplimiento de los plazos de conservación de facturas y registros (Art. 200 LGT): Verifactu exige la conservación de los registros de facturación (y las facturas en sí) durante los plazos legales (generalmente, un mínimo de 4 años a efectos fiscales, más el año en curso, y 6 años a efectos mercantiles). No hacerlo, o no poder presentarlos ante un requerimiento, se sanciona. La multa puede ser del 2% de la cifra de negocios del sujeto infractor en el ejercicio anterior, con un mínimo de 10.000 euros, o multas fijas por documento no conservado.

 

  • Liquidaciones complementarias, recargos e intereses: Si el uso de un software no conforme o la manipulación de datos ha llevado a declarar menos ingresos o más gastos de los reales, además de la sanción Verifactu específica por el software, la AEAT procederá a realizar una liquidación complementaria por los impuestos dejados de ingresar (IVA, IRPF, Sociedades), aplicando los correspondientes recargos por presentación extemporánea e intereses de demora.

 

Por tanto, el cumplimiento Verifactu es una pieza dentro de un puzzle más grande de obligaciones fiscales y de facturación. Una correcta implementación y uso del sistema es vital para evitar un efecto dominó de posibles sanciones Verifactu y otras penalizaciones tributarias.

Sujeto Infractor
Tipo de Infracción
Cuantía de la Sanción
Fundamento Legal Principal
Autónomos y PYMEs (Usuarios)
Tenencia/Uso de software no conforme Verifactu (sin declaración responsable, alterado o que incumpla especificaciones técnicas del RD 1007/2023)
50.000 € (por ejercicio y por sistema)
Art. 201 bis.1 LGT
Desarrolladores / Comercializadores de Software
Fabricación/Comercialización de software que permita doble uso, ocultación, alteración de datos, o que no cumpla especificaciones Verifactu, o se comercialice sin la declaración responsable.
150.000 € (por ejercicio y por tipo de programa)
Art. 201 bis.2 LGT
Desarrolladores / Comercializadores de Software
No expedir la declaración responsable de conformidad del software Verifactu o expedirla sin cumplir los requisitos.
1.000 € (por cada sistema o programa comercializado sin ella o con ella incorrecta)
Art. 201 bis.2 LGT (en relación con RD 1007/2023 Art. 8.1.a y Anexo I)
Autónomos y PYMEs (Usuarios)
Incumplimiento de obligaciones de facturación (datos incorrectos, no expedir factura, etc.) aun usando sistema Verifactu.
Variable (ej. 1% del importe, mín. 300€; multas fijas)
Art. 201 LGT
Autónomos y PYMEs (Usuarios)
Incumplimiento de la obligación de conservación de facturas y registros Verifactu.
Variable (ej. 2% cifra negocios, mín. 10.000€; multas fijas por documento)
Art. 200 LGT

 

5. Casos Reales y Ejemplos Prácticos de Sanciones Verifactu

Para entender mejor el impacto, veamos algunos ejemplos concretos de situaciones que podrían derivar en sanciones Verifactu, y las lecciones que podemos extraer:

  • Caso 1: El TPV «Desactualizado» del Bar de Manolo.
    • Situación: Manolo sigue usando su TPV de hace 10 años después de julio de 2025. El fabricante de ese TPV cesó actividad y nunca lo adaptó a Verifactu. No genera QR ni registros inalterables.
    • Sanción Verifactu probable: 50.000€ a Manolo por tenencia y uso de software no conforme (Art. 201 bis.1 LGT).
    • Lección Aprendida: La antigüedad del software no exime. Si el proveedor no actualiza, el usuario es responsable de cambiar a uno conforme.

 

  • Caso 2: El Software «Milagroso» sin Declaración.
    • Situación: Una PYME de servicios contrata un software de facturación online muy barato que un comercial le aseguró verbalmente que «cumplía todo lo nuevo». Nunca solicitaron ni recibieron la Declaración Responsable del fabricante. En una revisión, la AEAT determina que el software omite funciones clave de Verifactu.
    • Sanción Verifactu probable: 50.000€ a la PYME. Adicionalmente, la AEAT podría investigar al proveedor del software.
    • Lección Aprendida: Las promesas verbales no valen. Exigir y conservar la Declaración Responsable es un escudo fundamental.

 

  • Caso 3: El «Pequeño Ajuste» para Cuadrar Caja.
    • Situación: El dueño de una tienda de ropa usa un software Verifactu conforme, pero descubre una forma (o pide a un «amigo informático») de acceder a la base de datos para eliminar algunas ventas en efectivo antes de que el sistema las envíe a la AEAT.
    • Sanción Verifactu probable: 50.000€ por uso de software que ha sido alterado para permitir la manipulación. Adicionalmente, liquidación complementaria del IVA e IRPF defraudado, con recargos, intereses y posibles sanciones adicionales por el fraude fiscal en sí. Si se demuestra la implicación del «amigo informático» o si el software original tenía esa «puerta trasera», el desarrollador podría enfrentarse a 150.000€.
    • Lección Aprendida: La manipulación, incluso con software inicialmente conforme, sigue siendo fraude y se sanciona con dureza. Verifactu está diseñado para detectar estas alteraciones.

 

  • Caso 4: El Desarrollador «Creativo» que Ofrece Doble Versión.
    • Situación: Una empresa de software ofrece a sus clientes dos módulos para su programa de facturación: uno «Oficial Verifactu» y otro «Optimizado para la gestión interna» (que en realidad permite ocultar ventas).
    • Sanción Verifactu probable: 150.000€ al desarrollador por fabricar y comercializar software que permite llevar contabilidades distintas y ocultar transacciones (Art. 201 bis.2 LGT), por cada ejercicio y por ese tipo de programa. Los usuarios que utilicen el módulo «optimizado» también se enfrentarían a los 50.000€.
    • Lección Aprendida: El «software de doble uso» está explícitamente prohibido y severamente sancionado.

 

  • Caso 5: El Olvido del QR en la Cafetería.
    • Situación: Una cafetería instala un nuevo TPV conforme a Verifactu, pero por un error de configuración o porque el rollo de papel no es el adecuado, los tickets se imprimen sin el código QR legible durante varios meses.
    • Sanción Verifactu probable: Aunque el software base sea conforme, la no emisión del QR es un incumplimiento de un requisito técnico de Verifactu y del Reglamento de Facturación. Podría empezar como un requerimiento, pero si persiste, podría derivar en una sanción por incumplimiento formal (Art. 201 LGT, no la de 50.000€ directamente por el software, pero sí multas por facturación incorrecta).
    • Lección Aprendida: No basta con tener el software, hay que asegurarse de que todas sus funcionalidades obligatorias (como el QR) operan correctamente en el día a día.

 

 

Autónomo estresado revisando una sanción de la AEAT por incumplir con Verifactu y su software no conforme.
Las sanciones Verifactu pueden generar un gran estrés y problemas financieros a autónomos y pymes.

 

6. Errores Comunes que Desencadenan Sanciones Verifactu (Checklist Preventivo)

Evita estos errores para no enfrentarte a sanciones Verifactu. Muchos incumplimientos no son por mala fe, sino por desconocimiento o descuido:

  • Ignorar la Fecha Límite (1 de julio de 2025): Pensar «ya me adaptaré» es el primer error. El tiempo para la adaptación se acorta.

 

  • Confiar Ciegamente en tu Proveedor de Software Actual: No asumir que tu software se actualizará automáticamente o que cumplirá. Necesitas confirmación explícita y la Declaración Responsable.

 

  • No Generar o No Incluir el Código QR en Tickets/Facturas Simplificadas: Es un requisito visual y funcional clave de Verifactu.

 

  • Utilizar Software que Permita Modificar o Borrar Facturas Emitidas sin un Registro de Anulación Verifactu: La inalterabilidad es un pilar.

 

  • No Asegurar la Correcta Generación del Hash y Encadenamiento de los Registros Verifactu: Aunque sea un proceso interno del software, si falla, el sistema no es conforme.

 

  • Fallos en el Envío de Registros a la AEAT (si aplica): Si tu sistema debe enviar datos (ej. sistema VERI*FACTU voluntario o futuro obligatorio), un fallo persistente en esta comunicación es un incumplimiento.

 

  • No Conservar Adecuadamente los Registros de Facturación y las Copias de Seguridad: La pérdida de datos puede ser sancionable.

 

  • No Disponer de la Declaración Responsable del Fabricante del Software: Es tu principal prueba de que has intentado cumplir.

 

  • Mala Configuración Inicial del Software Verifactu: Errores en la configuración de series de facturación, datos de la empresa, o tipos de IVA pueden generar registros incorrectos.

 

  • No Formar al Personal que Utiliza el Software: Errores humanos en la operativa diaria pueden llevar a incumplimientos.

 

 

7. Guía Detallada: Cómo Evitar las Sanciones Verifactu Paso a Paso

La prevención activa es tu mejor defensa contra las sanciones Verifactu. Aquí te detallamos los pasos y consideraciones clave:

 

 

7.1. Verificación del Software y la Importancia de la Declaración Responsable

Este es, posiblemente, el paso más crítico:

  1. Contacta con tu Proveedor Actual (¡YA!): No demores esta conversación. Pregunta de forma directa y clara si el software de facturación o TPV que utilizas actualmente va a ser 100% conforme con el RD 1007/2023 (Verifactu) antes del 1 de julio de 2025.
  2. Solicita la Declaración Responsable: No te conformes con una afirmación verbal. Pide que te proporcionen (o te indiquen dónde descargarla) la Declaración Responsable emitida por el fabricante/desarrollador del software. Este documento es una autocertificación donde el productor asegura, bajo su responsabilidad, que el sistema cumple con todos los requisitos técnicos y funcionales de Verifactu. Debe estar fechada y firmada.
  3. Analiza la Declaración: Verifica que la declaración se refiere a la versión exacta del software que utilizas. Desconfía de documentos genéricos.
  4. Si tu Proveedor Duda o no Responde Claramente: Si tu proveedor actual no te da una respuesta clara, se muestra evasivo, no planea adaptarse o no te facilita la declaración responsable, debes empezar a considerar seriamente cambiar de software. No puedes arriesgarte a una sanción Verifactu de 50.000€.
  5. Para Software Nuevo: Si vas a adquirir un nuevo software, este paso es idéntico. Antes de contratar, exige la Declaración Responsable como condición.

 

Para más ayuda en este proceso, consulta nuestra guía detallada sobre cómo verificar si tu software cumple Verifactu.

 

 

7.2. Realiza una Auditoría Interna Básica de tus Procesos de Facturación

Una vez tengas un software teóricamente conforme, revisa tus propios procesos:

  • Configuración del Software: ¿Están correctos los datos de tu empresa? ¿Las series de facturación están bien definidas (diferenciando si es necesario las que van bajo Verifactu)? ¿Los tipos de IVA se aplican correctamente?

 

  • Emisión de Tickets/Facturas Simplificadas: Si los emites, ¿tu nuevo sistema Verifactu incluye el código QR obligatorio? Realiza pruebas de impresión y verifica que el QR sea legible y contenga la información mínima esperada.

 

  • Proceso de Anulación/Rectificación: ¿Entiendes cómo tu software gestiona las anulaciones o las facturas rectificativas bajo Verifactu? Recuerda que no se pueden borrar facturas; se deben generar registros de anulación o facturas rectificativas que queden debidamente encadenados.

 

  • Copias de Seguridad y Conservación: ¿Cómo y dónde se guardan los registros Verifactu y las facturas emitidas? ¿Se hacen copias de seguridad periódicas y seguras? ¿Cumples con los plazos de conservación?

 

Esta revisión interna te ayudará a detectar posibles fallos operativos antes de que se conviertan en un problema con la AEAT y una posible sanción Verifactu.

 

 

7.3. Importancia de la Formación del Personal en el Uso de Sistemas Verifactu

Si tienes empleados que se encargan de la facturación o del manejo del TPV, su correcta formación es esencial para evitar sanciones Verifactu derivadas de errores humanos:

  • Capacitación en el Nuevo Software: Asegúrate de que entienden cómo operar el nuevo sistema Verifactu, cómo emitir correctamente facturas y tickets, cómo gestionar anulaciones, etc.

 

  • Concienciación sobre la Normativa: Explícales la importancia de Verifactu, la inalterabilidad de los registros y las consecuencias de una mala praxis. Deben entender que «borrar una venta» o «no registrar una operación» ya no es una opción y puede tener graves consecuencias.

 

  • Procedimientos Claros: Establece protocolos de actuación claros para diferentes escenarios de facturación, especialmente para las rectificaciones o anulaciones.

 

Una inversión en formación es una inversión en cumplimiento y en la prevención de costosas sanciones Verifactu.

 

8. El Kit Digital: Un Aliado Estratégico contra las Sanciones Verifactu

El programa Kit Digital, impulsado por el Gobierno de España con fondos europeos Next Generation EU, representa una oportunidad excelente para que autónomos y pymes puedan financiar la adaptación de sus sistemas de facturación a Verifactu y, de esta forma, protegerse activamente contra las sanciones Verifactu.

La categoría de «Factura Electrónica» y, en muchos casos, la de «Gestión de Procesos» dentro del catálogo de soluciones del Kit Digital, están diseñadas para cubrir la implantación de software que cumpla con las normativas vigentes, incluyendo los requisitos del RD 1007/2023.

¿Cómo te ayuda concretamente el Kit Digital a evitar una sanción Verifactu?

  • Acceso a Software Conforme: Al tramitar la ayuda a través de un Agente Digitalizador Adherido, este tiene la responsabilidad de ofrecerte e implementar una solución de software que cumpla con los requisitos legales actuales, incluyendo Verifactu. Esto reduce significativamente el riesgo de adquirir un programa no adaptado.

 

  • Reducción del Coste de Adaptación: El bono digital puede cubrir una parte importante (o la totalidad, según el caso y la solución) del coste de adquisición e implantación del nuevo software durante el primer año, facilitando la transición y eliminando la barrera económica que podría llevar a algunos a posponer la adaptación y arriesgarse a una sanción Verifactu.

 

  • Asesoramiento Profesional: Los Agentes Digitalizadores suelen ofrecer asesoramiento sobre la solución más adecuada para tu negocio, lo que puede incluir la conformidad con Verifactu.

 

Para más información sobre cómo aprovechar esta ayuda y las obligaciones que implica, te recomendamos leer nuestra guía específica sobre el Kit Digital y Verifactu. Utilizar esta subvención de forma inteligente es una estrategia proactiva para blindarte contra las sanciones Verifactu.

 

Tabla Comparativa: Impacto de Cumplir Verifactu (con o sin Kit Digital)

Aspecto
Negocio SIN Software Verifactu ❌
Negocio CON Software Verifactu (Implantación Propia) ✅
Negocio CON Software Verifactu (vía Kit Digital) ✅⭐
Riesgo Sanción 50.000€
MUY ALTO
Bajo (si se usa correctamente)
Bajo (Agente asegura conformidad inicial)
Cumplimiento Ley Antifraude
No
Coste Inicial Software
N/A (pero riesgo multa)
Variable (según software)
Subvencionado (hasta el límite del bono)
Generación QR / Hash / Envío AEAT
No garantizado
Sí (si el software es conforme
Sí (debe ser conforme)
Tranquilidad Fiscal
Nula
Media-Alta
Alta

Como ves, el Kit Digital no solo facilita la financiación, sino que añade una capa de seguridad al proceso de selección del software, fundamental para evitar las sanciones Verifactu.

 

 

9. ¿Qué Hacer si Recibo una Notificación de Sanción Verifactu? (Procedimiento AEAT)

Si, a pesar de todas las precauciones, recibes una notificación de la Agencia Tributaria iniciando un expediente sancionador relacionado con Verifactu, es crucial actuar con diligencia y buscar asesoramiento profesional inmediatamente. El procedimiento sancionador tributario es formal y tiene plazos estrictos.

Los pasos generales suelen ser:

  1. Recepción de la Notificación de Inicio y Propuesta de Liquidación/Sanción: Este documento detallará la presunta infracción cometida (por ejemplo, tenencia de software no conforme según el Art. 201 bis.1 LGT) y la cuantía de la sanción propuesta (ej. los 50.000€).
  2. Plazo de Alegaciones: Dispondrás de un plazo legal (generalmente 10 o 15 días hábiles desde la recepción de la notificación) para presentar un escrito de alegaciones. En este escrito, podrás exponer los argumentos y aportar las pruebas que consideres oportunas para tu defensa (por ejemplo, la declaración responsable de tu software, pruebas de que el software sí cumple, facturas de adquisición del software conforme, etc.). Es fundamental no dejar pasar este plazo.
  3. Práctica de Prueba (si la AEAT o tú lo solicitáis y se admite): Podrían requerirse pruebas adicionales o comparecencias.
  4. Propuesta de Resolución: Una vez valoradas las alegaciones y pruebas, la AEAT emitirá una propuesta de resolución.
  5. Trámite de Audiencia: Antes de la resolución definitiva, se suele conceder un nuevo plazo breve para que puedas manifestarte sobre la propuesta de resolución.
  6. Resolución Sancionadora: Finalmente, la AEAT dictará la resolución firme, notificándote la sanción definitiva impuesta (si la hay) y los plazos y formas para su pago o para interponer recursos.
  7. Reducciones Aplicables: Es importante saber que el sistema tributario contempla reducciones en las sanciones. Las más comunes son:
    • Reducción por conformidad (30%): Si aceptas la sanción propuesta en la primera notificación o en la propuesta de resolución y no presentas alegaciones o desistes de ellas.
    • Reducción por pronto pago (40% adicional sobre la sanción ya reducida por conformidad): Si además de la conformidad, realizas el pago de la sanción en el periodo voluntario indicado.

    Estas reducciones pueden disminuir significativamente el importe final de la sanción Verifactu, pero implican renunciar a recurrir.

  8. Vías de Recurso: Si no estás de acuerdo con la resolución sancionadora firme, puedes interponer:
    • Recurso de Reposición: Ante el mismo órgano de la AEAT que dictó la resolución (potestativo, es decir, puedes saltártelo e ir directamente al TEAR).
    • Reclamación Económico-Administrativa: Ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) correspondiente.
    • Agotada la vía económico-administrativa, quedaría la vía judicial Contencioso-Administrativa.

 

Dada la complejidad técnica y legal de la normativa Verifactu y la elevada cuantía de las posibles sanciones Verifactu, es imperativo buscar asesoramiento fiscal y legal especializado desde el momento en que recibas cualquier comunicación de la AEAT al respecto. Un experto podrá analizar tu caso particular, ayudarte a preparar las alegaciones, valorar la conveniencia de aceptar la sanción con reducciones o recurrir, y representarte durante todo el procedimiento. Para una visión general del procedimiento, puedes consultar recursos como la información que ofrece Iberley sobre el procedimiento sancionador tributario.

 

Diagrama de flujo simplificado del procedimiento sancionador de la AEAT por incumplimiento de Verifactu.
Conocer el procedimiento sancionador te ayudará a defenderte mejor ante una posible multa Verifactu.

 

10. El Papel de tu Asesor Fiscal ante Verifactu y sus Sanciones

Muchos autónomos y PYMEs confían en sus asesores fiscales para navegar el complejo mundo de las obligaciones tributarias. Ante la llegada de Verifactu y el riesgo de sus cuantiosas sanciones, el papel del asesor se vuelve aún más crucial, aunque es importante delimitar responsabilidades.

 

¿Qué puedes esperar de tu asesor fiscal en relación con Verifactu?

  • Información y Asesoramiento General: Tu asesor debe estar al día sobre la normativa Verifactu (RD 1007/2023 y Ley Antifraude) y ser capaz de explicarte cómo te afecta específicamente, qué obligaciones tienes y cuáles son los plazos.

 

  • Ayuda en la Interpretación: Puede ayudarte a entender los requisitos técnicos que debe cumplir tu software de facturación.

 

  • Recomendación de Software (con cautela): Algunos asesores pueden recomendarte soluciones de software que saben que son conformes o con las que tienen experiencia. Sin embargo, la elección final y la responsabilidad de usar un software conforme es tuya como empresario o profesional. El asesor no es el productor ni el implantador del software.

 

  • Revisión de la Configuración: Puede ayudarte a asegurar que la configuración de tu software Verifactu (series de facturación, tipos impositivos, datos fiscales) es correcta desde un punto de vista fiscal.

 

  • Asistencia en Caso de Inspección o Sanción: Si recibes un requerimiento o una propuesta de sanción Verifactu, tu asesor es la primera línea de defensa para analizar la situación, preparar alegaciones y representarte ante la AEAT.

 

 

¿Qué NO suele ser responsabilidad directa del asesor (salvo que se pacte explícitamente)?

  • La elección e instalación técnica del software Verifactu en tus sistemas.

 

  • La obtención de la Declaración Responsable del fabricante del software (aunque puede y debe recordarte su importancia).

 

  • La operativa diaria de tu facturación con el software (emitir las facturas correctamente, usar las series adecuadas, etc.).

 

Es fundamental mantener una comunicación fluida con tu asesor. Pregúntale activamente sobre Verifactu, cómo te afecta y qué pasos debes dar. Un buen asesor te guiará para minimizar el riesgo de sanciones Verifactu, pero la responsabilidad última de cumplir con la ley en la elección y uso del software recae sobre el obligado tributario (tú). No asumas que tu asesor se encargará de «todo» sin haberlo discutido y acordado previamente.

 

 

11. Sanciones Verifactu vs. Sanciones Factura Electrónica B2B: ¿Son Acumulables?

Es una duda muy común: con la llegada de Verifactu y la obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas (B2B) por la Ley Crea y Crece, ¿las sanciones son las mismas? ¿Se pueden sumar? La respuesta es que son obligaciones distintas con regímenes sancionadores potencialmente diferentes y, en algunos casos, podrían ser acumulables si se incumplen ambas.

 

🔵 Sanciones Verifactu (RD 1007/2023 y LGT Art. 201 bis)

Se centran en el software de facturación y en la integridad de los registros.

  • Infracción Principal del Usuario: Tenencia de software no conforme.
  • Sanción Principal Usuario: 50.000 €.
  • Afecta a: Prácticamente todos los que emiten facturas o tickets (B2B y B2C), por el software que usan.

🟢 Sanciones Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece)

Se centran en la obligación de expedir y recibir facturas electrónicas en operaciones entre empresarios y profesionales.

  • Infracción Principal: No expedir factura electrónica cuando es obligatorio, o no permitir su recepción.
  • Sanción Prevista: Multa de hasta 10.000 € (pendiente de desarrollo reglamentario específico para estas sanciones B2B).
  • Afecta a: Empresas y autónomos en sus relaciones B2B.

 

¿Pueden acumularse? Sí, teóricamente. Imagina un autónomo que factura a otra empresa (B2B):

  1. Si utiliza un software de facturación que no cumple con Verifactu, podría enfrentarse a la sanción Verifactu de 50.000€.
  2. Si, además, no emite esa factura a su cliente empresa en un formato electrónico estructurado y firmado conforme a la Ley Crea y Crece (cuando esta obligación esté plenamente en vigor para él), podría enfrentarse a la sanción adicional de hasta 10.000€ por este otro incumplimiento.

 

Por tanto, es crucial entender que son dos frentes de cumplimiento. Adaptar tu software a Verifactu es un paso, y asegurar que emites factura electrónica en tus operaciones B2B conforme a la Ley Crea y Crece (lo que también requerirá un software adecuado y firma digital) es otro. Ambos son necesarios para evitar el conjunto completo de posibles sanciones. Para entender mejor estas diferencias, te recomendamos nuestro artículo sobre Verifactu y Ley Crea y Crece: Diferencias Clave.

 

 

12. Conclusión: Protégete Ahora de las Sanciones Verifactu, No Te Arriesgues

El régimen sancionador de Verifactu no es una amenaza lejana; las multas verifactu representan un riesgo económico real y muy significativo para autónomos, PYMES y desarrolladores de software en España. Las cuantías fijas de 50.000 euros para usuarios finales por la mera tenencia de software no conforme, y de 150.000 euros para los proveedores que comercialicen soluciones ilegales, establecidas en la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y detalladas en el RD 1007/2023, subrayan la absoluta seriedad con la que la Agencia Tributaria aborda el cumplimiento de esta normativa. Ignorar o posponer la adaptación con la esperanza de evitar estas sanciones Verifactu es una estrategia abocada al fracaso y potencialmente ruinosa.

Sin embargo, el mensaje principal no debe ser de miedo, sino de acción informada y preventiva. La clave para navegar esta transición con éxito reside en comprender las obligaciones, verificar el estado de tu software actual, elegir proveedores fiables que ofrezcan soluciones certificadas con su Declaración Responsable, cumplir escrupulosamente el plazo del 1 de julio de 2025, y actuar siempre con diligencia y transparencia en la facturación. Seguir estos pasos es esencial para superar este reto normativo y, sobre todo, para evitar las duras multas por incumplimiento Verifactu.

No subestimes la importancia de esta normativa ni el impacto potencial de las sanciones Verifactu en la salud financiera de tu negocio. ¡Actúa ya, infórmate, adapta tu empresa si es necesario y asegura tu tranquilidad fiscal frente a este nuevo escenario! La inversión en un software Verifactu adecuado es una inversión en tu futuro.

 

 

13. Preguntas Frecuentes (FAQs) sobre Sanciones Verifactu

1. ¿Cuál es la multa por incumplir Verifactu como autónomo?

La principal sanción Verifactu para un autónomo por utilizar un software de facturación no conforme (que no cumpla el RD 1007/2023) es una multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal de incumplimiento.

2. ¿Cuándo empiezan a aplicar las sanciones Verifactu?

La obligación de usar sistemas Verifactu para la mayoría de autónomos y pymes comienza el 1 de julio de 2025. A partir de esa fecha, la AEAT puede imponer sanciones por incumplimiento.

3. ¿Qué pasa si mi TPV antiguo no genera código QR o no cumple Verifactu?

Si tu TPV no genera el código QR obligatorio en los tickets y no cumple los demás requisitos de Verifactu (registro inalterable, hash, etc.), se considerará software no conforme. Utilizarlo después del 1 de julio de 2025 te expone a una sanción Verifactu de 50.000€.

4. ¿Qué consecuencias tiene no tener la declaración responsable del software Verifactu?

No poseer la declaración responsable del fabricante que certifica que tu software cumple con Verifactu es, en sí mismo, un indicio de incumplimiento para la AEAT y puede llevar a la sanción de 50.000€. Además, el fabricante que no la expida se expone a multas de 1.000€ por sistema comercializado.

5. ¿Cómo puedo comprobar si mi software de facturación cumple con Verifactu?

Debes solicitar a tu proveedor de software una declaración responsable que certifique el cumplimiento del RD 1007/2023. Además, verifica que el software incluya funcionalidades como la generación de QR y registros de facturación inalterables. Consulta nuestra guía sobre cómo verificar la conformidad de tu software.

6. ¿Qué debo hacer si recibo una notificación de sanción Verifactu?

Es crucial actuar rápidamente. Lee detenidamente la notificación, comprende la infracción imputada y el plazo para alegar. Es altamente recomendable buscar asesoramiento fiscal especializado para preparar tus alegaciones y defender tus intereses.

7. ¿Cuánto es la multa por cometer errores en las facturas emitidas con Verifactu?

La multa de 50.000€ es por usar software NO conforme. Si tu software SÍ es Verifactu pero cometes errores puntuales en los datos de una factura (ej. NIF incorrecto, base imponible mal calculada), se aplicarían las sanciones del régimen general de facturación (art. 201 LGT), que suelen ser proporcionales (1% del importe de la factura, con un mínimo) o fijas por datos incorrectos, pero no la de 50.000€ por el software en sí.

8. ¿Qué pasa si no emito una factura o la emito incorrectamente con un sistema Verifactu?

No emitir una factura cuando es obligatorio, o emitirla con datos incorrectos o incompletos, sigue siendo una infracción tributaria sancionable según el artículo 201 de la LGT, independientemente de si tu software es Verifactu. Verifactu se centra en la integridad del *sistema* de registro, pero no te exime de facturar correctamente.

9. ¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas y registros Verifactu?

Los registros de facturación Verifactu deben conservarse durante el plazo de prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria (generalmente 4 años, más el año en curso). Las facturas, por normativa mercantil, suelen ser 6 años. Es recomendable asegurar su conservación durante el periodo más largo aplicable.

10. ¿La sanción de 50.000€ es por cada factura incorrecta?

No. La sanción Verifactu de 50.000€ para usuarios es por la tenencia o uso de un sistema informático de facturación que no cumple los requisitos Verifactu, y se aplica por cada ejercicio fiscal de incumplimiento y por cada sistema diferente, no por cada factura individual emitida con ese sistema no conforme.

11. ¿Si tengo el SII estoy exento de las sanciones Verifactu?

Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII) están exceptuadas de algunas obligaciones específicas de Verifactu (como el envío de ciertos registros de facturación, ya que el SII ya lo hace). Sin embargo, su software de facturación igualmente debe garantizar la integridad y otros principios de Verifactu. Deben consultar la normativa para su caso específico.

12. ¿Una multa Verifactu puede llevar al cierre del negocio?

Una única multa de 50.000€, aunque muy elevada, no implica directamente el cierre. Sin embargo, para muchos autónomos o pequeñas pymes, una sanción de esta magnitud puede suponer un grave quebranto financiero que dificulte la continuidad del negocio, además del daño reputacional.

13. ¿Hay reducción en las sanciones Verifactu por pronto pago o conformidad?

Sí, el régimen sancionador tributario general contempla reducciones. Por ejemplo, por conformidad con la propuesta de sanción (generalmente un 30%) y por realizar el ingreso en periodo voluntario (un 40% adicional sobre la sanción ya reducida por conformidad). Es importante analizarlo con un asesor.

14. ¿Qué ocurre si mi proveedor de software me aseguró que cumplía Verifactu y luego me sancionan?

Si puedes demostrar que el proveedor te garantizó por escrito (contrato, declaración responsable) la conformidad Verifactu y luego resulta no ser así, podrías tener base para una reclamación civil contra el proveedor por los daños y perjuicios sufridos (la multa y otros costes). Sin embargo, la sanción de la AEAT inicialmente recaerá sobre ti como usuario. Por eso es vital elegir bien y tener la documentación.

15. ¿Las sanciones Verifactu son las mismas en todas las Comunidades Autónomas?

Las sanciones Verifactu descritas (50.000€ y 150.000€) están establecidas en la Ley General Tributaria, que es de aplicación en todo el territorio español, salvo los regímenes forales (País Vasco y Navarra) que tienen sus propias Haciendas y normativas (como TicketBAI), aunque los principios de lucha contra el fraude son similares. En territorio común, las sanciones son las mismas.

 

leyfacturaelectronica.com
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