Infografía mostrando quién está exento de Verifactu, con iconos de los grupos exentos y los obligados.

¿Quién está Exento de Verifactu? Guía Completa de Excepciones

 

Resumen: Si te preguntas quién está exento de Verifactu, la respuesta es clara: las exenciones son muy pocas y específicas. La principal excepción son las empresas acogidas al SII. Esta guía detalla todos los casos y desmiente los mitos más comunes para que sepas si te afecta.

 

 

 

Con la llegada de la nueva normativa de facturación, la pregunta quién está exento de Verifactu se ha vuelto fundamental para miles de autónomos y empresas. Muchos esperan que su tipo de negocio o su volumen de facturación les libre de esta obligación, pero la realidad es que las excepciones son muy limitadas y específicas.Esta guía se centra exclusivamente en responder a quién está exento de Verifactu, detallando con precisión los únicos casos que la normativa, regulada por el Real Decreto 1007/2023, deja fuera. Además, desmentiremos los bulos más extendidos. Si quieres entender primero la obligación general, visita nuestra guía pilar sobre Verifactu 2025.

 

 

 

1. Respuesta Directa: Los Colectivos Exentos de Verifactu

De forma directa, si te preguntas quién está exento de Verifactu, la respuesta corta es que son muy pocos. Los principales colectivos son:

  • Los contribuyentes que ya utilizan el Suministro Inmediato de Información (SII).

 

  • Los que realizan determinadas operaciones acogidas a los regímenes especiales de agricultura, ganadería y pesca.

 

  • Aquellos que realizan operaciones por las que no existe la obligación de expedir factura.

 

Como puedes ver, la lista es muy reducida. La gran mayoría de empresas y profesionales sí están obligados.

 

Infografía explicando de forma visual quién está exento de Verifactu en España.
Esquema visual sobre quién está exento de Verifactu y los mitos más comunes.

 

2. La Gran Excepción: Contribuyentes en el Suministro Inmediato de Información (SII)

La respuesta más importante a la pregunta de quién está exento de Verifactu es esta: los contribuyentes acogidos al SII. La razón es simple: el objetivo de Verifactu es mejorar el control fiscal, algo que el SII ya consigue de una forma aún más estricta.

Las empresas en el SII (generalmente aquellas con una facturación superior a 6 millones de euros) ya envían el detalle de sus facturas a la Agencia Tributaria en un plazo de cuatro días. Por tanto, la AEAT considera que ya cumplen con el objetivo y no necesitan duplicar sus obligaciones implementando Verifactu.

 

 

 

3. Otras Exenciones Contempladas por la Ley

Aunque el SII es la principal, no es la única respuesta a quién está exento de Verifactu. El reglamento establece algunas exenciones más específicas, aunque afectan a un número mucho menor de contribuyentes:

  • Operaciones del sector primario: Ciertas operaciones dentro del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca.

 

  • Operaciones sin obligación de facturar: Aquellas transacciones que, según el Reglamento de facturación, no requieren la expedición de una factura.

 

 

 

4. Mitos Falsos: Quién NO está Exento de Verifactu (Aunque lo Parezca)

La confusión sobre esta normativa ha generado varios mitos sobre quién está exento de Verifactu. Es crucial aclararlos para no incurrir en errores que puedan derivar en sanciones. Si te identificas con alguna de estas situaciones, NO estás exento.

 

4.1. Mito 1: «Si emito facturas en papel, estoy exento»

FALSO. Este es el error más grave. La ley Verifactu regula el software con el que se genera la factura, no su formato final. Aunque la entregues en papel, debe haber sido creada por un sistema informático que cumpla todos los requisitos de Verifactu.

 

4.2. Mito 2: «Si facturo poco, estoy exento»

FALSO. La obligación de usar un sistema Verifactu no depende de tu volumen de facturación (a excepción del umbral del SII). Un autónomo que emita una sola factura al año está tan obligado como una pyme que emita miles.

 

4.3. Mito 3: «Los autónomos en módulos están totalmente exentos»

FALSO (CON MATICES). Un autónomo en módulos no está obligado a usar Verifactu para la actividad por la que tributa en dicho régimen. Sin embargo, si emite una factura completa a un cliente empresario, esa factura específica sí debe ser generada con un sistema Verifactu.

 

 

 

5. Tabla Resumen: ¿Estoy exento de Verifactu?

Para simplificarlo al máximo y que sepas si formas parte del grupo de quién está exento de Verifactu, aquí tienes una tabla resumen:

Perfil del Contribuyente
¿Está Exento de Verifactu?
Empresa en el SII
Sí, totalmente exento.
Autónomo o Pyme que factura a otras empresas
No, está obligado.
Comercio que solo emite tickets a particulares
No, está obligado. (Debe usar un TPV que cumpla Verifactu).
Profesional que emite facturas en papel
No, está obligado. (El software con el que las crea debe cumplir).

 

6. Conclusión: La Exención es la Minoría

En definitiva, la respuesta a quién está exento de Verifactu es muy concreta y limitada. La gran mayoría de negocios en España estarán obligados a adaptar sus sistemas de facturación antes de las fechas límite de 2026. Confiar en mitos o suposiciones puede derivar en graves sanciones, por lo que es fundamental verificar si realmente se pertenece a uno de los pocos colectivos exentos.

 

 

 

7. Preguntas Frecuentes sobre las Exenciones de Verifactu

Para terminar de aclarar todas las dudas, aquí respondemos a las preguntas más comunes que surgen en torno a quién está exento de Verifactu.

1. ¿Quién está exento de Verifactu?

Principalmente, los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII). También existen exenciones para operaciones muy específicas del sector primario y para aquellas en las que no hay obligación de expedir factura.

2. ¿Qué autónomos están exentos de factura electrónica y Verifactu?

Ningún autónomo que realice una actividad económica B2B está exento de ambas. Deberá cumplir con la factura electrónica (Ley Crea y Crece) y su software deberá ser compatible con Verifactu. La única exención clara de Verifactu es si ya está en el SII.

3. ¿Cuál es la diferencia entre Verifactu y el SII?

El SII es un sistema de reporte de facturas a la AEAT para grandes empresas. Verifactu es un estándar de seguridad para el software de facturación del resto de contribuyentes. Estar en el SII exime de Verifactu.

4. ¿A quién afecta Verifactu?

Afecta a todos los empresarios y profesionales que emiten facturas y que no están en el SII.

5. ¿Qué pasa si estoy en recargo de equivalencia?

No estás exento. Aunque no repercutes IVA, las facturas que emitas deben cumplir con Verifactu.

6. Si tengo una tienda y solo hago tickets, ¿estoy exento?

No. Tu TPV o caja registradora se considera un sistema informático de facturación y deberá cumplir con los requisitos de Verifactu.

7. ¿Qué empresas están obligadas a Verifactu?

Todas las que no estén en el SII, independientemente de su tamaño o sector.

8. ¿Quiénes no están obligados a facturar electrónicamente?

La obligación de la factura electrónica (Ley Crea y Crece) es para operaciones B2B. No es obligatoria para ventas a clientes particulares (B2C).

9. ¿Cuándo entra en vigor la exención o la obligación?

La obligación para los no exentos entra en vigor el 1 de enero de 2026 para empresas y el 1 de julio de 2026 para autónomos.

10. ¿Los médicos o dentistas están exentos?

Sus servicios suelen estar exentos de IVA, pero si emiten facturas por su actividad profesional, su software deberá cumplir con Verifactu.

11. ¿Y las asociaciones sin ánimo de lucro?

Si realizan actividades económicas por las que emiten facturas, no están exentas de Verifactu.

12. ¿Cómo sé si mi software cumple con Verifactu?

Debes solicitar a tu proveedor una declaración responsable que certifique que su programa cumple con todos los requisitos del Real Decreto 1007/2023.

13. ¿Hay alguna exención por usar un software gratuito?

No. La obligación aplica al software, sea de pago o gratuito. Si usas uno gratuito, debes asegurarte de que cumpla la ley.

14. ¿Qué pasa si creo que estoy exento pero no lo estoy?

Te expones a una sanción de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal por no utilizar un sistema de facturación conforme a la ley.

15. En resumen, ¿quién está exento de Verifactu de forma clara?

La única exención clara y mayoritaria es para las empresas y profesionales que ya están obligados a usar el Suministro Inmediato de Información (SII).

leyfacturaelectronica.com
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