Un calendario con la fecha límite para la fecha límite facturación electrónica 2025 marcada en rojo, con iconos de facturas y ordenadores.

¿Cuál es la Fecha Límite Facturación Electrónica 2025 en España?

Resumen: Aunque la obligación general de emitir factura electrónica se fija para 2026, el año 2025 es crucial. La fecha límite para que todos los programas de facturación estén adaptados al sistema Verifactu es el 1 de julio de 2025. Esta guía desglosa los plazos clave para autónomos y empresas para evitar sanciones.

 

 

 

1. La Respuesta Directa: ¿Qué Fechas Debes Marcar en Rojo?

La pregunta sobre la fecha límite para la facturación electrónica en 2025 genera mucha confusión. Para ser claros: aunque la obligación de que *todos* los empresarios y profesionales emitan facturas electrónicas se materializará principalmente en 2026, el año 2025 es la verdadera contrarreloj para la adaptación tecnológica.

Las dos fechas clave que debes entender son:

  • 1 de julio de 2025: Fecha límite para que los sistemas y programas informáticos de facturación estén completamente adaptados a los requisitos del reglamento Verifactu. [1]
  • 1 de julio de 2026: Fecha límite para que la mayoría de autónomos y pymes comiencen a expedir facturas electrónicas en sus operaciones entre empresas (B2B).

Si quieres una guía completa sobre el sistema que motiva estos cambios, te recomendamos consultar nuestra guía completa sobre Verifactu 2025.

 

 

 

2. No te Confundas: Plazo para el Software vs Plazo para Facturar

Es fundamental diferenciar los dos hitos principales que establece la normativa. Uno se refiere a la herramienta que usas (tu software) y el otro a la acción que realizas (emitir la factura). Para visualizarlo mejor, hemos preparado la siguiente tabla:

Concepto
Fecha Límite
A Quién Afecta
Normativa Clave
Adaptación del Software
1 de julio de 2025
Todos los usuarios de software de facturación (autónomos, pymes)
Reglamento Verifactu (RD 1007/2023)
Obligación de Emisión (B2B)
1 de julio de 2026
Empresas y autónomos (facturación < 8M€)
Ley Crea y Crece

 

2.1. Fecha Límite para el Software (Verifactu): 1 de julio de 2025

El Real Decreto 1007/2023, que regula los sistemas de facturación, es muy claro. [4] Todos los empresarios y profesionales que utilicen sistemas informáticos para facturar deberán asegurarse de que dichos sistemas cumplen con los nuevos requisitos antes del 1 de julio de 2025. [1]

Esto significa que tu programa de facturación debe ser capaz de generar facturas con una estructura específica, incluir un código QR y garantizar la integridad y trazabilidad de los registros, entre otros aspectos. La responsabilidad es tuya de utilizar un software que cumpla.

 

2.2. Fecha Límite para Emitir Factura Electrónica: 2026 en adelante

Esta obligación deriva de la «Ley Crea y Crece». Aquí los plazos dependen de tu facturación anual:

  • Empresas con facturación superior a 8 millones de euros: Ya están obligadas.
  • Resto de empresas y autónomos: Tendrán la obligación de expedir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones con otras empresas y autónomos (B2B) a partir del 1 de julio de 2026 (fecha estimada tras las últimas prórrogas).

 

 

 

3. ¿Qué es Verifactu y Por Qué Es Clave en Estos Plazos?

Verifactu no es la factura electrónica en sí, sino el conjunto de requisitos técnicos que debe cumplir tu software de facturación para ser legal. Es un sistema de emisión de facturas verificables que busca luchar contra el fraude fiscal.

 

Infografía que explica el funcionamiento del sistema Verifactu.
Esquema del funcionamiento de Verifactu.

 

 

La fecha límite del 1 de julio de 2025 se refiere precisamente a tener un software compatible con Verifactu. Este sistema asegura que cada factura emitida se registra de forma inalterable y se comunica (o puede comunicarse) a la Agencia Tributaria. Si quieres saber más, puedes consultar nuestro artículo sobre cómo elegir el mejor software Verifactu.

 

 

 

4. ¿Quién Está Obligado y Cuáles son sus Fechas Límite?

La obligación de adaptar el software antes del 1 de julio de 2025 aplica a casi todos:

  • Autónomos en estimación directa.
  • Sociedades mercantiles (S.L., S.A., etc.).
  • Profesionales que emitan facturas por su actividad.

 

Quedan excluidos de esta obligación, entre otros, los autónomos en régimen de módulos (estimación objetiva), quienes operen bajo el régimen de recargo de equivalencia o quienes ya usen el Suministro Inmediato de Información (SII).

 

 

 

5. ¿Qué Pasa si Incumples la Fecha Límite de la Facturación Electrónica en 2025?

No cumplir con el plazo del 1 de julio de 2025 para adaptar tu software puede acarrear graves consecuencias. La Ley Antifraude establece sanciones económicas severas por utilizar un software no certificado o que permita la manipulación de datos.

 

Símbolo de advertencia junto a un mazo de juez y monedas, representando las sanciones por incumplir la fecha límite de la facturación electrónica.
El incumplimiento de los plazos conlleva importantes sanciones económicas.

 

 

La multa por no tener un sistema de facturación adecuado puede ascender a 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en el que se haya utilizado. Es un riesgo que ningún negocio puede permitirse asumir.

 

 

 

6. Cómo Prepararte para Cumplir con la Normativa a Tiempo

No esperes al último momento. La transición debe empezar ya:

  1. Habla con tu proveedor de software: Confirma que estarán adaptados a Verifactu antes de la fecha límite. Pide una declaración de responsabilidad que lo certifique.
  2. Evalúa nuevas soluciones: Si tu software actual no se va a actualizar, es el momento de buscar alternativas que sí cumplan con la ley.
  3. Forma a tu equipo: Asegúrate de que quienes se encargan de la facturación entienden los nuevos procesos, como la inclusión del QR.
  4. Digitaliza tus procesos: Si aún trabajas con métodos manuales, este es el impulso definitivo para modernizar la gestión de tu negocio.

 

 

 

7. Preguntas Frecuentes (FAQs)

1. ¿Cuál es la fecha límite final para la factura electrónica en España?

La fecha límite clave para la adaptación del software (Verifactu) es el 1 de julio de 2025. La obligación general para que autónomos y pymes emitan factura electrónica en operaciones B2B es el 1 de julio de 2026.

2. ¿Los autónomos también tienen que cumplir el plazo del 1 de julio de 2025?

Sí. Si un autónomo utiliza un programa informático para facturar, este debe cumplir con los requisitos de Verifactu antes de esa fecha, independientemente de cuándo empiece su obligación de emitir factura electrónica.

3. ¿Verifactu y la factura electrónica son lo mismo?

No. Verifactu es el sistema técnico que regula CÓMO debe funcionar tu software de facturación para garantizar que sea seguro y no manipulable. La factura electrónica es el documento en sí, emitido en un formato estructurado (como Facturae) según la Ley Crea y Crece.

4. ¿Qué pasa si mi facturación es muy baja? ¿También estoy obligado?

La obligación de adaptar el software antes del 1 de julio de 2025 no depende del volumen de facturación. Afecta a todos los empresarios y profesionales que usen un software, salvo las excepciones mencionadas (módulos, recargo de equivalencia, etc.).

5. ¿La factura a un cliente particular (B2C) también debe ser electrónica?

La obligación de la Ley Crea y Crece se centra en las operaciones entre empresas y profesionales (B2B). Sin embargo, tu software sí deberá estar adaptado a Verifactu, y las facturas simplificadas o completas que emitas a clientes finales deberán cumplir con los requisitos del sistema, incluyendo el código QR.

6. ¿Quién está exento de Verifactu?

Principalmente, quienes tributen por el régimen de módulos, los del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, los del recargo de equivalencia y aquellos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).

7. ¿Cuánto cuesta un programa de facturación adaptado?

Los precios varían mucho. Existen soluciones desde opciones gratuitas ofrecidas por la Administración hasta software de gestión avanzada con cuotas mensuales. Lo importante es que el proveedor garantice el cumplimiento del Real Decreto 1007/2023.

8. ¿La fecha límite del 1 de julio de 2025 podría cambiar?

A día de hoy, esa es la fecha establecida en el Real Decreto. Aunque siempre pueden surgir órdenes ministeriales que maticen aspectos técnicos, no es previsible un cambio en esta fecha límite para la adaptación de los sistemas.

9. ¿Qué información debe contener el código QR de las nuevas facturas?

Contendrá un resumen de los datos de la factura, como el NIF del emisor y receptor, número de factura, fecha e importes, para que pueda ser verificado fácilmente.

10. ¿Necesito un certificado digital para cumplir con Verifactu?

Sí, el sistema Verifactu requiere el uso de firma electrónica para garantizar la autenticidad e integridad de los registros de facturación generados.

11. ¿Tengo que enviar todas mis facturas a Hacienda en tiempo real?

No necesariamente. Verifactu prepara los sistemas para que *puedan* enviar la información. La ley contempla la remisión voluntaria. Si no optas por ella, tu sistema simplemente debe guardar los registros de forma segura para una posible inspección.

12. ¿Qué es la «declaración responsable» del software?

Es un documento que el fabricante de tu software debe proporcionarte, asegurando que su programa cumple con todos los requisitos de la Ley Antifraude y el reglamento Verifactu.

13. ¿Afecta esta normativa a las facturas simplificadas (tickets)?

Sí, los sistemas que emitan facturas simplificadas también deben estar adaptados y cumplir con los requisitos de Verifactu, incluyendo la generación del registro y el código QR.

14. Si uso la herramienta gratuita de la AEAT, ¿tengo que preocuparme?

No, si utilizas la aplicación de facturación que la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes, esta cumplirá por defecto con todos los requisitos legales.

15. ¿Cuál es la diferencia con el Suministro Inmediato de Información (SII)?

El SII es un sistema de llevanza de libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT, obligatorio para grandes empresas. Quienes usan el SII están exentos de los requisitos Verifactu porque ya reportan su facturación de forma continua y detallada.

leyfacturaelectronica.com
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