¿como se registra una permuta o un intercambio de servicios bajo el sistema verifactu? Dos manos intercambiando iconos de servicios (ej. un portátil y un maletín), con el logo de VeriFactu y un símbolo de check en el centro.

¿Cómo se Registra una Permuta o un Intercambio de Servicios bajo el Sistema VeriFactu?

Resumen: Para registrar una permuta con VeriFactu, ambas partes deben emitir una factura recíproca por el valor de mercado de su servicio. El software VeriFactu generará un registro inalterable para cada factura. Es crucial que las facturas indiquen que el pago es por «permuta» o «compensación».

 

El intercambio de servicios, o permuta, es una práctica comercial más común de lo que parece, especialmente entre autónomos y pymes. Sin embargo, con la llegada de VeriFactu, esta operación no monetaria genera una duda fiscal importante: si no hay movimiento de dinero, ¿cómo se factura y se declara?

Ignorar el procedimiento correcto es un error grave que puede llevar a sanciones. El sistema VeriFactu exige registrar todas las operaciones, incluidas las permutas. Esta guía te explica el método correcto para cumplir con la ley y mantener tu contabilidad impecable. Para un contexto más amplio, te recomendamos nuestra guía pilar sobre qué es el sistema VeriFactu.

 

 

 

1. La Regla de Oro: Una Permuta son Dos Ventas

La forma correcta de entender un intercambio de servicios es pensar en él como dos operaciones de venta simultáneas e independientes. Aunque no se mueva dinero, a efectos fiscales y de facturación, cada parte está vendiendo su servicio y comprando el del otro.

Por lo tanto, la regla es simple: ambos profesionales o empresas deben emitir una factura al otro por el valor acordado de su servicio. Cada una de estas facturas deberá ser generada con un software VeriFactu, creando su propio registro fiscal inalterable.

 

 

 

 

Infografía que muestra cómo dos profesionales se emiten facturas recíprocas en una operación de permuta bajo el sistema VeriFactu.
Una permuta se registra mediante dos facturas que fluyen en direcciones opuestas.

 

 

 

3. Cómo Registrar una Permuta con VeriFactu: Guía Paso a Paso

Para registrar correctamente la operación, sigue estos cuatro pasos:

  1. Paso 1: Acordar el Valor de Mercado de los Servicios. Antes de facturar, ambas partes deben acordar el valor de mercado de los servicios que van a intercambiar. Este valor será la base imponible de ambas facturas. Si los valores son distintos, la diferencia deberá abonarse monetariamente.
  2. Paso 2: Emitir Facturas Recíprocas con VeriFactu. Cada profesional debe emitir una factura al otro. Por ejemplo, el Profesional A emite una factura al Profesional B por su servicio, y viceversa. Ambas facturas deben ser generadas con un software VeriFactu, que creará automáticamente el registro fiscal y el código QR.
  3. Paso 3: Indicar el Método de Pago como «Compensación». Este es el paso crucial. En la factura, en la sección de método de pago o en las observaciones, se debe indicar claramente que el pago se realiza por «permuta» o «compensación de deudas». Esto justifica ante la AEAT por qué no habrá un movimiento bancario asociado.
  4. Paso 4: Declarar el IVA Devengado y Soportado. En tu declaración trimestral de IVA, deberás incluir el IVA de la factura que emitiste (IVA devengado) y, al mismo tiempo, podrás deducir el IVA de la factura que recibiste (IVA soportado). El efecto neto en tu declaración de IVA será cero si los servicios tenían el mismo valor.

 

 

 

4. Ejemplo Práctico: Un Diseñador y un Redactor

Imagina que una diseñadora gráfica (Ana) y un redactor de contenidos (Benito) acuerdan un intercambio de servicios. Ana diseñará un logo para Benito, y Benito escribirá los textos para la web de Ana. Ambos valoran su trabajo en 500 €.

  • Factura de Ana a Benito: Concepto: «Diseño de logotipo». Base Imponible: 500 €. IVA (21%): 105 €. Total: 605 €. Método de pago: «Compensación de servicios».

 

  • Factura de Benito a Ana: Concepto: «Redacción de textos web». Base Imponible: 500 €. IVA (21%): 105 €. Total: 605 €. Método de pago: «Compensación de servicios».

 

 

Ambas facturas se generan con VeriFactu. En su declaración de IVA, Ana ingresará 105 € y se deducirá 105 €. El resultado es neutro. La operación queda perfectamente registrada y es legal.

 

 

 

6. Riesgos y Sanciones por No Registrar una Permuta

No facturar un intercambio de servicios es una infracción tributaria. La AEAT lo considera una ocultación de ingresos y puede acarrear graves consecuencias:

  • Sanción por no facturación: Hacienda puede imponerte una multa por no emitir una factura obligatoria.

 

  • Liquidación del IVA no ingresado: Te exigirá el pago del IVA que deberías haber repercutido, más los correspondientes recargos e intereses de demora.

 

  • Infracción de VeriFactu: No generar el registro de una operación facturable es un incumplimiento directo de la nueva normativa, sujeto a su propio régimen de sanciones VeriFactu.

 

 

 

7. Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué pasa si los servicios intercambiados tienen valores diferentes?

Cada uno debe emitir una factura por el valor de su servicio. La diferencia entre ambos importes deberá ser abonada monetariamente por la parte correspondiente. Por ejemplo, si tu servicio vale 100€ y el otro 80€, el otro deberá pagarte los 20€ de diferencia (más su IVA).

2. Si intercambio un servicio con un particular, ¿también debo facturar?

Sí. Como profesional, estás obligado a emitir factura por todos los servicios que prestas, independientemente de si el destinatario es una empresa o un particular. La única diferencia es que el particular no emitirá factura hacia ti.

3. ¿Es obligatorio emitir una factura completa o puedo usar una factura simplificada?

Si el valor del servicio no supera los 400 € (IVA incluido), podrías usar una factura simplificada, siempre que tu cliente no sea un empresario o profesional que necesite deducir el IVA. Sin embargo, para permutas entre profesionales, lo más recomendable y seguro es emitir siempre facturas completas.

4. ¿Puedo hacer una única factura «neta» por la diferencia de valor?

No. Eso sería incorrecto y se consideraría una ocultación de la operación real. La ley exige que cada prestación de servicios se documente en su propia factura por su valor total.

5. ¿Cómo afecta esto a mis declaraciones de IRPF?

La base imponible de la factura que emites (el valor de tu servicio) se considera un ingreso en tu actividad económica y deberás declararlo en tus pagos fraccionados (Modelo 130 o 131) y en tu declaración anual de la Renta.

6. ¿El registro VeriFactu de una permuta es diferente a uno normal?

Técnicamente no. El registro contendrá los mismos datos (NIF, fecha, importe, hash, etc.). La justificación de que no haya un pago monetario asociado se encuentra en la propia factura, en la descripción del método de pago, no en el registro técnico.

7. ¿Es obligatorio que ambas partes usen el mismo software VeriFactu?

No, en absoluto. Cada empresa o profesional es libre de usar cualquier software que esté homologado por la AEAT. Lo importante es que ambos cumplan con sus obligaciones de facturación.

8. Si emito la factura pero la otra parte no, ¿tengo algún problema?

Tú habrás cumplido con tu obligación de emitir factura. El incumplimiento sería de la otra parte. Sin embargo, al no recibir su factura, no podrás deducir el IVA soportado de esa operación.

9. ¿Se puede hacer una autofactura en caso de permuta?

La autofacturación es un caso muy restringido por la normativa. En una permuta entre dos empresarios, la regla general y correcta es la emisión de facturas recíprocas, no la autofactura.

10. ¿La fecha de ambas facturas debe ser la misma?

No es estrictamente obligatorio, pero es lo más recomendable para que ambas operaciones queden claramente vinculadas al mismo periodo impositivo y no generen descuadres temporales en la contabilidad.

11. ¿El sistema VeriFactu permite pagos por «compensación»?

VeriFactu como sistema no gestiona pagos. Simplemente registra los datos de la factura que tú emites. Es tu software de facturación el que debe permitirte indicar «compensación» como método de pago para que conste en el documento.

12. ¿Cómo registro el «pago» en mi contabilidad si no hubo dinero?

En contabilidad, se realiza un asiento de compensación. La factura emitida genera un derecho de cobro y la recibida una obligación de pago. Ambas cuentas se saldan entre sí, dejando el saldo a cero sin que intervenga la tesorería.

13. ¿Aplica lo mismo si intercambio un producto por un servicio?

Sí, el principio es exactamente el mismo. Una parte emite una factura por la venta del producto y la otra emite una factura por la prestación del servicio. Ambas se compensan.

14. ¿Tengo que enviar estas facturas a la AEAT o solo el registro?

Depende de la modalidad. En sistemas VERI*FACTU, el registro se envía automáticamente. En sistemas que no lo sean, el registro se almacena para un posible envío posterior si lo requiere la AEAT. La factura (el PDF) se la envías a tu «cliente» (la otra parte de la permuta).

15. ¿Qué ocurre si la permuta es con una empresa extranjera?

Si prestas un servicio a una empresa extranjera, debes emitir tu factura VeriFactu. Dependiendo de si es intracomunitaria o no, la factura llevará o no IVA, pero la obligación de registro sigue existiendo.

leyfacturaelectronica.com
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