Un calendario de 2025 y 2026 con las fechas clave de la obligación de la factura electrónica marcadas en rojo. Cuándo empieza a ser obligatoria la factura electrónica.

¿Cuándo Empieza a Ser Obligatoria la Factura Electrónica en España? Calendario y Fechas Clave

Resumen: La factura electrónica será obligatoria en dos fases. Primero, todos los softwares de facturación deben estar adaptados a Verifactu antes del 1 de julio de 2025. Segundo, la obligación de emitir factura electrónica entre empresas empezará en 2025 para grandes empresas y en 2026 para pymes y autónomos.

 

 

 

1. Las Fechas que Debes Grabar a Fuego: 2025 y 2026

La pregunta de cuándo empieza a ser obligatoria la factura electrónica no tiene una única respuesta, y esa es la principal fuente de confusión. La implantación se hará en varias fases que afectan a distintos aspectos de tu negocio. Para que no te pierdas, aquí tienes las fechas clave:

  • 1 de julio de 2025: Fecha límite para que tu software de facturación (el programa que usas para hacer facturas) esté adaptado al sistema de seguridad Verifactu.
  • A lo largo de 2025 y 2026: Periodo en el que entrará en vigor la obligación de emitir y recibir facturas electrónicas en tus operaciones con otras empresas (B2B), dependiendo de tu volumen de facturación.

 

Es vital entender que son dos obligaciones diferentes pero conectadas. Una afecta a tu herramienta y la otra a tus acciones. Sigue leyendo para ver cómo te afecta cada una.

 

 

 

2. ¿Por Qué Hay Dos Plazos? La Diferencia entre Verifactu y la Factura Electrónica B2B

La confusión de fechas nace de que hay dos leyes distintas que impulsan la digitalización. Como explicamos en nuestra guía sobre la diferencia entre factura electrónica y Verifactu, una cosa es el documento y otra el sistema que lo crea.

  • Verifactu (Ley Antifraude): Se centra en la seguridad de tu software. Busca que sea infalsificable. Su plazo es el más cercano.

 

  • Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece): Se centra en el formato de la factura que intercambias con otros profesionales. Busca la digitalización de las transacciones. Sus plazos son escalonados.

 

 

 

3. Fecha Límite 1 (Software): 1 de Julio de 2025 – Sistema Verifactu

Esta es la primera gran fecha límite que debes tener en cuenta. El Real Decreto 1007/2023 es claro: a partir del 1 de julio de 2025, todos los empresarios y profesionales que usen un sistema informático para facturar deben asegurarse de que este cumpla con los requisitos Verifactu.

En la práctica, esto significa que tu programa de facturación deberá ser capaz de generar un registro seguro de cada factura y añadir el famoso código QR. Debes hablar con tu proveedor de software para confirmar que estarán listos. Si quieres saber más, puedes consultar nuestro artículo pilar sobre Verifactu 2025.

 

 

 

4. Fecha Límite 2 (Emisión): 2025 y 2026 – Ley Crea y Crece

Esta es la obligación de la que más se habla y se refiere a la acción de emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado en operaciones B2B. Los plazos dependen del tamaño de tu negocio.

 

4.1. Grandes Empresas (Facturación > 8M€): Obligatorio en 2025

Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros serán las primeras. Su plazo es de un año después de la publicación del desarrollo reglamentario. Como se espera que el reglamento se publique en 2024, su obligación comenzará en algún punto de 2025.

 

4.2. Pymes y Autónomos (Facturación < 8M€): Obligatorio en 2026

El resto de empresas, profesionales y autónomos, que constituyen la mayoría del tejido empresarial, tendrán dos años desde la publicación del desarrollo reglamentario. Esto sitúa la fecha de inicio de su obligación en 2026. A partir de ese momento, no podrán enviar un simple PDF a un cliente que sea otra empresa; deberá ser una factura electrónica estructurada.

 

 

 

5. Cronograma Visual de la Factura Electrónica Obligatoria

Línea de tiempo con las fechas clave de 2025 y 2026 para la factura electrónica y Verifactu.
Línea de tiempo con los plazos clave para la adaptación a la facturación digital.

 

 

6. ¿Qué Debo Hacer para Prepararme a Tiempo?

No esperes a las fechas límite. La adaptación requiere planificación. Aquí tienes los pasos a seguir:

  1. Evalúa tu situación: Determina tu volumen de facturación para saber en qué grupo te encuentras. Nuestro artículo sobre quién está obligado a facturar electrónicamente te ayudará.
  2. Habla con tu proveedor de software: Es el paso más importante. Contacta con ellos y pídeles confirmación por escrito de que su software cumplirá con Verifactu antes del 1 de julio de 2025.
  3. Busca alternativas si es necesario: Si tu proveedor actual no te da garantías, es el momento de buscar un nuevo programa. Considera el precio del software Verifactu y si puedes optar a ayudas como el Kit Digital.
  4. Planifica la formación: Tanto tú como tu equipo debéis entender los nuevos procesos para evitar errores cuando llegue el momento.

 

 

 

7. Preguntas Frecuentes sobre los Plazos

1. ¿Las fechas de 2025 y 2026 son definitivas?

Las fechas exactas dependen de la publicación final del desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece, que aún está pendiente. Sin embargo, los plazos de «un año» y «dos años» tras esa publicación están fijados por ley, por lo que las fechas indicadas son las más probables.

2. ¿Qué pasa si empiezo mi actividad como autónomo en 2026?

Si la normativa ya está en vigor para tu tramo (< 8M€), deberás empezar cumpliendo desde el primer día: utilizando un software adaptado a Verifactu y emitiendo facturas electrónicas a tus clientes empresariales.

3. ¿El 1 de julio de 2025 ya tengo que emitir todas mis facturas electrónicas?

No. El 1 de julio de 2025 es la fecha límite para que el *software* que usas sea compatible con Verifactu. La obligación de *emitir* factura electrónica a otras empresas llegará más tarde, en la segunda fase (2025/2026).

4. ¿Y si solo trabajo con clientes particulares? ¿Qué plazo me afecta?

Si solo tienes clientes particulares (B2C), la obligación de emitir factura electrónica de la Ley Crea y Crece no te afecta. Sin embargo, sí te afecta el plazo del 1 de julio de 2025 si usas un software, ya que este deberá cumplir con Verifactu.

5. ¿»Desarrollo reglamentario» qué significa exactamente?

Significa que, aunque la ley está aprobada, faltan los detalles técnicos (el «reglamento») que especifiquen cómo debe funcionar el sistema, qué formatos son válidos, etc. Los plazos empiezan a contar desde que ese documento técnico se publique en el BOE.

6. ¿Desaparece por completo la factura en papel en 2026?

No por completo. Desaparecerá para las operaciones entre empresas y autónomos. Sin embargo, podrás seguir emitiendo facturas en papel o PDF simple a tus clientes particulares.

7. ¿Hay alguna prórroga prevista?

Los plazos ya contemplan un periodo de adaptación muy amplio. Aunque no se puede descartar al 100%, no es previsible que haya más prórrogas significativas, por lo que es crucial planificar con las fechas actuales.

8. ¿Afecta igual en Canarias, País Vasco y Navarra?

La Ley Crea y Crece y Verifactu son estatales y aplican también en Canarias. Sin embargo, el País Vasco y Navarra tienen sus propios sistemas de control fiscal (TicketBAI y Batuz) que son equivalentes a Verifactu, por lo que allí se aplican sus normativas forales.

9. ¿Qué ocurre si ignoro estos plazos?

Ignorar los plazos puede acarrear sanciones económicas. No usar un software Verifactu puede suponer multas de hasta 50.000€, y no emitir factura electrónica cuando es obligatorio también conlleva sanciones.

10. ¿Cuándo se considera que una empresa factura más de 8 millones?

Se toma como referencia el volumen de operaciones del año natural anterior. Si en 2024 superaste los 8 millones, te aplicará el primer plazo.

11. ¿Tengo que empezar a recibir facturas electrónicas en las mismas fechas?

Sí. La ley establece la obligación tanto de expedir como de recibir facturas electrónicas. Tu sistema deberá estar preparado para ambas cosas.

12. ¿Los que están exentos también tienen algún plazo que cumplir?

Si un negocio está completamente exento (por ejemplo, un autónomo en módulos), estos plazos no le aplican directamente. Puedes consultar la lista completa en quiénes no están obligados.

13. ¿La obligación de la factura a la Administración (FACe) cambia con estos plazos?

No. La facturación electrónica con las Administraciones Públicas (B2G) tiene su propia normativa y es obligatoria desde 2015. Estos nuevos plazos son para el sector privado (B2B).

14. Si uso la herramienta gratuita de la AEAT, ¿debo preocuparme por los plazos?

No tendrás que preocuparte por la adaptación del software (cumplirá con Verifactu por defecto), pero sí deberás empezar a usarla para emitir tus facturas B2B cuando llegue tu plazo de obligatoriedad según tu facturación.

15. ¿Puedo empezar a facturar electrónicamente antes de que sea obligatorio?

Sí, por supuesto. Es muy recomendable. Adaptarse con antelación te permitirá resolver cualquier problema técnico sin la presión de la fecha límite y empezar a disfrutar antes de los beneficios de la digitalización.

leyfacturaelectronica.com
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