¿Qué Tipos de Facturas Deben Incluir el Código QR de Verifactu?
1. La Respuesta Directa: ¿Qué Facturas Llevan el QR?
La regla general es sencilla: todas las facturas, sean completas o simplificadas, que sean expedidas utilizando un sistema informático de facturación, deben incluir obligatoriamente un código QR. Esto se establece en el Real Decreto 1007/2023 que regula los sistemas Verifactu.
Por lo tanto, si usas un ordenador con un software de facturación, un TPV en tu tienda o cualquier otro sistema digital para crear tus facturas, cada una de ellas deberá llevar impreso este código. Esta obligación afecta a casi la totalidad del tejido empresarial, tal y como detallamos en nuestra guía sobre quién está obligado a facturar electrónicamente.
2. ¿Por Qué Hacienda Exige este Código QR?
El código QR es una pieza central del sistema Verifactu. Su objetivo es doble:
- Verificación y Trazabilidad: Permite tanto al receptor de la factura como a la Agencia Tributaria comprobar, de forma instantánea, que la factura es auténtica y que ha sido registrada correctamente en un sistema informático seguro.
- Lucha contra el Fraude: Dificulta la creación de «facturas B» o la manipulación de la contabilidad, ya que cada operación deja una huella digital verificable a través del QR.
En esencia, es una medida para aumentar la transparencia y garantizar la integridad de los registros de facturación, un pilar fundamental de nuestro artículo principal sobre Verifactu 2025.
3. Tipos de Facturas que Deben Incluir el QR al Detalle
La norma no hace distinciones sobre la finalidad de la factura, solo sobre el medio con el que se emite (un sistema informático). Veamos los casos más comunes:
3.1. Facturas Completas u Ordinarias
Cualquier factura completa que emitas a otra empresa o autónomo (operaciones B2B) o incluso a un particular que la solicite, deberá incluir el código QR si la generas con tu software. Esto se aplica a todas las facturas, sin importar el importe.
3.2. Facturas Simplificadas (Tickets)
Sí, también están obligadas. Esta es una de las dudas más frecuentes. El ticket que emites en tu bar, tu tienda, tu taller o tu peluquería a través de un TPV (Terminal Punto de Venta) es una factura simplificada. A partir del 1 de julio de 2025, todos esos tickets deberán llevar impreso el código QR de Verifactu.

3.3. Facturas Rectificativas y Recapitulativas
Sí, la obligación se extiende a cualquier tipo de factura emitida por el sistema. Por tanto, las facturas rectificativas (abonos) y las facturas recapitulativas que agrupan varias operaciones también deben generar su propio código QR con la información correspondiente.
4. El Caso Especial: ¿Y las Facturas Hechas a Mano o en Excel?
Aquí reside la única excepción real a la norma. Si un profesional, por no estar obligado a tener un software Verifactu (por ejemplo, por estar en un régimen exento) o por decisión propia (no recomendable), crea sus facturas a mano o en un procesador de textos como Word o Excel, no está técnicamente obligado a incluir el código QR.
Sin embargo, es importante destacar que la Ley Antifraude prohíbe el uso de software que permita manipular u ocultar datos, y herramientas como Excel son consideradas de «doble uso». Por ello, la tendencia y la recomendación de la Agencia Tributaria es migrar a sistemas seguros que, por defecto, ya incluirán el QR.
5. ¿Qué Información Contiene el Código QR de Verifactu?
El código QR no es una simple imagen. Es un contenedor de datos estructurados. Al escanearlo con un dispositivo móvil, se podrá acceder a información clave de la factura, como:
- Número de identificación fiscal (NIF) del emisor y del receptor.
- Número y serie de la factura.
- Fecha de expedición.
- Importes totales de la factura.
- Una huella digital (hash) que identifica el registro de la factura en el sistema Verifactu.

6. Preguntas Frecuentes sobre el QR en Facturas
1. ¿El código QR tiene que ser de un tamaño o color específico?
La normativa no especifica un tamaño mínimo, pero debe ser lo suficientemente grande y nítido para ser escaneable sin dificultad. Normalmente será en blanco y negro para asegurar el máximo contraste y legibilidad.
2. ¿Qué pasa si mi impresora no imprime bien el QR y no se puede leer?
Es responsabilidad del emisor asegurarse de que la factura (y el QR) sea legible. Si el QR no se puede escanear, la factura podría considerarse no válida a efectos de la nueva normativa, por lo que es crucial mantener los equipos de impresión en buen estado.
3. ¿Tengo que incluir el QR si envío la factura en formato PDF por email?
Sí. Si generas esa factura con un software Verifactu, el sistema incrustará la imagen del código QR en el propio documento PDF antes de que lo envíes.
4. ¿La factura electrónica en formato Facturae también lleva este QR?
El formato estructurado Facturae (un archivo XML) no lleva una imagen de un QR en sí mismo. Sin embargo, la representación «visual» o imprimible de esa factura electrónica sí debe incluirlo para que pueda ser verificado.
5. ¿Quién está excluido de la obligación de incluir el QR?
Están excluidos quienes no están obligados a usar un sistema Verifactu: los profesionales en módulos, los regímenes especiales agrario y de recargo de equivalencia, y las empresas que ya usan el Suministro Inmediato de Información (SII).
6. ¿Necesito una aplicación especial para leer el código QR?
No, se podrá leer con la cámara de cualquier smartphone moderno o con la aplicación que la propia Agencia Tributaria ponga a disposición del público.
7. ¿Mi software de facturación actual se actualizará solo para incluir el QR?
Deberías confirmarlo con tu proveedor. Las empresas de software serias actualizarán sus programas para cumplir con la ley, pero es tu responsabilidad asegurarte de que así será antes del 1 de julio de 2025.
8. ¿El QR sustituye a alguna otra información obligatoria de la factura?
No, el código QR es un requisito adicional. Toda la información que ya era obligatoria (datos fiscales, descripción de operaciones, desglose de IVA, etc.) debe seguir apareciendo.
9. ¿Hay multa por emitir una factura sin el código QR si estoy obligado?
Sí. Emitir facturas sin cumplir los requisitos del reglamento, incluyendo el QR, es una infracción. Las sanciones por incumplimiento del software de facturación pueden ser muy graves, llegando hasta los 50.000 euros por ejercicio.
10. Si el cliente es extranjero, ¿la factura también lleva QR?
Sí. Si emites la factura desde tu sistema informático en España, la obligación de incluir el QR se aplica, independientemente de la nacionalidad o residencia de tu cliente.
11. ¿En qué parte de la factura debe aparecer el QR?
La ley no fija una posición exacta, pero debe estar en un lugar visible. Lo habitual será que los programas lo coloquen en el pie de página o en una de las esquinas del documento.
12. ¿Puedo generar el QR por mi cuenta y pegarlo en la factura?
No. El QR debe ser generado por el propio sistema Verifactu, ya que contiene una «huella» o firma del registro informático que es única para esa factura. No es un código estático que puedas crear y reutilizar.
13. ¿Los albaranes o presupuestos también deben llevar QR?
No. La obligación del código QR se aplica exclusivamente a las facturas (completas, simplificadas, etc.). Los presupuestos, albaranes, proformas u otros documentos comerciales no están afectados.
14. ¿La herramienta gratuita de la AEAT generará el QR?
Sí, por supuesto. La solución gratuita que ofrezca la Agencia Tributaria cumplirá con todos los requisitos del reglamento, incluyendo la generación automática del código QR en cada factura.
15. ¿Este QR es el mismo que se usa para los pagos (Bizum, etc.)?
No, son completamente diferentes. Aunque la tecnología es la misma (un código de barras bidimensional), el contenido y la finalidad son distintos. El QR de Verifactu contiene información fiscal para su verificación; los QR de pago contienen información bancaria para iniciar una transacción.