Un empresario en España revisando un documento de ley sobre la obligación de la factura electrónica en 2025. Quién está obligado a facturar electrónicamente en España 2025

¿Quién Está Obligado a Facturar Electrónicamente en España a partir de 2025? La Guía Definitiva

Resumen: Prácticamente todos los empresarios y profesionales en España estarán obligados a facturar electrónicamente en sus operaciones B2B. La obligación será gradual: las grandes empresas ya lo están y el resto de empresas y autónomos deberán hacerlo a partir de 2026, pero la adaptación de sus sistemas a Verifactu es para 2025.

 

 

 

1. Respuesta Directa: ¿Quién Está Obligado?

La respuesta es clara: casi todos los empresarios y profesionales que operan en España. La nueva normativa busca la digitalización completa del tejido empresarial. Si tienes una empresa o eres autónomo y facturas a otros profesionales o empresas, la obligación te afecta directamente.

La obligación principal, establecida por la Ley Crea y Crece, es que todas las transacciones entre empresas y autónomos (B2B) deben documentarse con una factura electrónica. Se acabaron los PDF o las facturas en papel para este tipo de operaciones.

 

 

 

2. Entiende el Doble Requisito: Factura Electrónica y Software Verifactu

Es fundamental entender que la transformación digital de la facturación se apoya en dos pilares, y ambos te obligan a actuar:

  1. Obligación de Expedir Factura Electrónica (Ley Crea y Crece): Te obliga a emitir y recibir facturas en un formato electrónico estructurado (como Facturae) cuando tratas con otros negocios.
  2. Obligación de Usar un Software Verificable (Sistema Verifactu): Te obliga a que el programa con el que haces las facturas (incluso las de clientes particulares) cumpla unos requisitos técnicos de seguridad para evitar el fraude. Analizamos este sistema en nuestra guía de Verifactu 2025.

 

Ambas obligaciones tienen plazos distintos y afectan a casi todo el espectro empresarial, aunque con matices que veremos a continuación.

 

 

 

3. Obligados por la Ley Crea y Crece (Factura Electrónica B2B)

Esta es la obligación más conocida. Su implementación es gradual y se basa en el volumen de facturación anual de la empresa o el autónomo.

 

Infografía con una línea de tiempo mostrando los plazos de la factura electrónica para grandes empresas y para pymes/autónomos.
Los plazos de la Ley Crea y Crece dependen de tu facturación anual.

 

 

3.1. Grandes Empresas (Facturación > 8M€)

Las empresas cuyo volumen de facturación anual supera los 8 millones de euros son las primeras afectadas. El plazo para ellas es de un año desde la aprobación del desarrollo reglamentario de la ley. Dado que se espera que el reglamento se apruebe a lo largo de 2024, estas empresas deberán estar listas durante 2025.

 

3.2. Pymes y Autónomos (Facturación < 8M€)

Aquí se encuentra la gran mayoría del tejido empresarial español. Todas las empresas, profesionales y autónomos cuya facturación anual sea inferior a 8 millones de euros están obligados a expedir y recibir facturas electrónicas en sus operaciones B2B.

El plazo para este grupo es de dos años desde la aprobación del desarrollo reglamentario, lo que sitúa la fecha de obligado cumplimiento en algún momento de 2026. Sin embargo, no puedes esperar hasta entonces para actuar, debido a la segunda obligación.

 

 

 

4. Obligados a Usar un Software Verifactu (Ley Antifraude)

Esta es la obligación más inminente. El Real Decreto 1007/2023 establece que todos los sistemas informáticos de facturación deben cumplir con los requisitos Verifactu antes del 1 de julio de 2025. Puedes consultar la norma en el Boletín Oficial del Estado.

 

4.1. ¿A quién afecta esta obligación de software?

Afecta a todos los empresarios y profesionales que utilicen un software para facturar, con muy pocas excepciones. Es decir, aunque tus facturas a otras empresas no tengan que ser electrónicas hasta 2026, el programa con el que las haces (y con el que haces las de tus clientes particulares) sí debe estar adaptado a Verifactu en 2025.

Los únicos que se libran son quienes figuran en la lista de quiénes no están obligados a facturar electrónicamente, como los autónomos en módulos.

 

 

 

5. Tabla Resumen de Plazos y Obligaciones

Sujeto Obligado
Obligación
Fecha Límite
Todos los usuarios de software de facturación (excepto módulos, etc.)
Usar software adaptado a Verifactu
1 de julio de 2025
Empresas y autónomos con facturación < 8M€
Emitir y recibir factura electrónica B2B
Durante 2026 (a los 2 años del reglamento)
Empresas con facturación > 8M€
Emitir y recibir factura electrónica B2B
Durante 2025 (al año del reglamento)

 

 

6. ¿Cómo Sé Definitivamente si Estoy Obligado? (Checklist)

Responde a estas preguntas para confirmar tu situación:

  • ¿Eres autónomo o tienes una sociedad? Si la respuesta es sí, sigue leyendo.
  • ¿Facturas a otros autónomos o empresas? Si es sí, la Ley Crea y Crece te obliga a usar factura electrónica en esas operaciones.
  • ¿Usas un programa informático (Excel, software, TPV…) para hacer facturas? Si la respuesta es sí, sigue leyendo.
  • ¿Tu régimen fiscal es la estimación directa (normal o simplificada)? Si es sí, la Ley Antifraude te obliga a que ese programa cumpla con Verifactu antes del 1 de julio de 2025.

 

Si has respondido afirmativamente a estas preguntas, estás plenamente afectado por la nueva normativa.

 

 

 

7. Preguntas Frecuentes sobre la Obligación

1. ¿Un autónomo que factura poco también está obligado?

Sí. La obligación de la Ley Crea y Crece no depende de un mínimo de facturación, sino de a quién facturas. Si facturas a otra empresa, aunque sea una vez al año, esa factura deberá ser electrónica. La única distinción es por el volumen total anual (< 8M€ o >8M€) para determinar el plazo.

2. ¿La obligación afecta a las facturas con clientes particulares (B2C)?

No, la Ley Crea y Crece solo obliga a la factura electrónica en operaciones B2B. Sin embargo, el software que uses para generar esas facturas a particulares sí debe cumplir con Verifactu.

3. ¿Qué pasa si empiezo mi actividad como autónomo en 2026?

Si para esa fecha la normativa ya está plenamente en vigor, deberás iniciar tu actividad cumpliendo desde el primer día: emitiendo factura electrónica en tus operaciones B2B y utilizando un software adaptado a Verifactu.

4. ¿Las asociaciones y fundaciones también están obligadas?

Sí, si realizan actividades económicas y emiten facturas a otras empresas por ellas. En ese caso, se les considera empresarios a efectos de la ley y deben cumplir con la normativa de facturación electrónica.

5. ¿Estoy obligado si solo emito facturas simplificadas (tickets)?

No estás obligado a emitir factura electrónica B2B (porque un ticket no es una factura completa para una empresa). Pero si usas un TPV o software para generar esos tickets, ese sistema sí debe cumplir con Verifactu para el 1 de julio de 2025.

6. ¿La obligación es solo para empresas españolas?

La obligación afecta a las transacciones entre empresas y profesionales establecidos en territorio español. Las operaciones con empresas extranjeras se rigen por otras normativas.

7. ¿Qué se considera «factura electrónica» según la ley?

No vale un simple PDF. Una factura electrónica debe estar en un formato estructurado que permita su tratamiento automatizado, como Facturae (XML). Tu software debe ser capaz de generar y procesar estos formatos.

8. Si soy un profesional liberal (abogado, arquitecto…), ¿me afecta?

Sí, sin duda. Como profesional que emite facturas a clientes (sean empresas o particulares), estás plenamente afectado por ambas normativas.

9. ¿Y si trabajo para una empresa extranjera desde España?

Si como autónomo en España facturas a una empresa extranjera, esa operación no está dentro del ámbito de la Ley Crea y Crece. Sin embargo, el software con el que emites esa factura sí deberá cumplir con Verifactu.

10. ¿Los comercios minoristas están obligados?

Generalmente no por la Ley Crea y Crece, ya que la mayoría de sus ventas son a consumidores finales. Pero su sistema TPV o de facturación sí deberá ser compatible con Verifactu.

11. ¿La obligación aplica en Canarias, Ceuta y Melilla?

Sí. La Ley Crea y Crece y el reglamento Verifactu son normativas estatales y se aplican en todo el territorio español, incluyendo las comunidades con regímenes fiscales propios como Canarias (IGIC) y Ceuta y Melilla (IPSI).

12. ¿Qué pasa si un cliente me pide una factura en papel?

Si tu cliente es otra empresa, no podrás dársela en papel una vez que la ley esté en vigor. Deberás enviársela por medios electrónicos a través de una plataforma de intercambio. Si es un particular, podrás seguir dándosela en papel o PDF.

13. ¿Quién supervisará que se cumpla con la obligación?

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) será la encargada de supervisar el cumplimiento tanto de la Ley Crea y Crece como del reglamento Verifactu.

14. ¿Y si mi empresa tiene varias sedes?

La obligación se aplica a la entidad legal (la empresa con su NIF), independientemente del número de sedes o establecimientos que tenga.

15. ¿Hay alguna diferencia si soy autónomo societario?

No. La obligación recae sobre la sociedad para la que trabajas. Dicha sociedad estará sujeta a los mismos plazos y requisitos que cualquier otra empresa según su nivel de facturación.

leyfacturaelectronica.com
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