Guía Práctica: Cumplir con la Normativa de Facturación Electrónica en 2025 ✅
1. Contexto Legal y Calendario de la Normativa Facturación Electrónica 2025
La obligatoriedad de la factura electrónica es un proceso que se ha ido consolidando a través de diversas iniciativas legislativas, tanto a nivel nacional como europeo. En España, los dos pilares que sustentan la actual normativa facturación electrónica, con un impacto crucial en 2025, son:
- Ley 18/2022, de Creación y Crecimiento de Empresas (Ley Crea y Crece): Esta ley es fundamental ya que establece la obligatoriedad de la factura electrónica obligatoria 2025 en todas las transacciones comerciales entre empresas y autónomos (B2B). Sus fines son promover la digitalización, combatir la morosidad y mejorar el entorno de negocios. El texto completo está disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Reglamento Verifactu (RD 1007/2023): Este reglamento es un desarrollo técnico clave que detalla los requisitos software Ley Crea y Crece y de la Ley General Tributaria. Establece las condiciones que deben cumplir todos los sistemas informáticos de facturación (SIF) para asegurar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Es un componente central de la normativa facturación electrónica 2025 y afecta incluso a la emisión de facturas simplificadas. Más información se encuentra en la web de la AEAT sobre Verifactu.
Es vital comprender cómo interactúan estas dos piezas legislativas: Verifactu se enfoca en las características del software de facturación, mientras que la Ley Crea y Crece mandata el uso del formato electrónico en las operaciones B2B.
1.1. Antecedentes y Evolución de la Normativa
La transición hacia la facturación electrónica obligatoria no es un fenómeno aislado de España, sino parte de una tendencia más amplia en la Unión Europea (Directiva 2014/55/UE sobre facturación electrónica en la contratación pública) y a nivel global. El objetivo común es la modernización de las administraciones tributarias, la lucha contra el fraude fiscal (especialmente el relacionado con el IVA), la mejora de la eficiencia en las relaciones comerciales y la promoción de la sostenibilidad al reducir el uso de papel.
En España, esta evolución ha sido gradual, comenzando con la obligatoriedad en el sector público (Facturae con las AAPP) y extendiéndose ahora al sector privado B2B con la Ley Crea y Crece, complementada por los requisitos técnicos de Verifactu para todos los sistemas de facturación.
¿Cuáles son los plazos clave de la normativa facturación electrónica 2025?
La adaptación a la normativa facturación electrónica es un proceso escalonado. Las fechas más importantes a tener en cuenta son:

Obligación | Fecha |
Software adaptado a Verifactu (SIF) | 1 de julio de 2025 |
Factura electrónica B2B (empresas y profesionales con facturación anual > 8 millones €) | 1 año tras la aprobación del desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece (aún pendiente en mayo de 2024) |
Factura electrónica B2B (resto de empresas y profesionales) | 2 años tras la aprobación del desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece |
Si bien los plazos para la factura electrónica B2B parecen más distantes debido a la dependencia de un desarrollo reglamentario aún no publicado, la obligación de contar con un software conforme a Verifactu para julio de 2025 es inminente y forma la base de toda la normativa facturación electrónica 2025.
2. Principales Requisitos Técnicos y Funcionales
La normativa facturación electrónica, y en particular la de 2025 con Verifactu y los desarrollos de la Ley Crea y Crece, impone que los sistemas de facturación satisfagan una serie de requisitos técnicos y funcionales cruciales:
- Formato de la Factura: Para las transacciones B2B, la normativa facturación electrónica exigirá formatos estructurados. Para las facturas simplificadas (tickets), Verifactu también establece requisitos de registro y contenido.
- Integridad y Autenticidad: El software debe impedir la alteración de los registros de facturación (inalterabilidad) y asegurar la autenticidad del emisor, usualmente mediante programas de firma digital o sistemas aprobados por la AEAT. Disponer de un certificado digital para facturación electrónica es clave.
- Registro de Eventos (Verifactu): El sistema debe crear un registro por cada factura (alta) y sus modificaciones (anulación, rectificación), de forma inmediata. Estos registros deben incluir datos específicos y mecanismos de encadenamiento (hash) para asegurar la trazabilidad.
- Contenido Específico: Las facturas deberán incluir información obligatoria. Verifactu puede requerir un código QR y la leyenda «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERIFACTU», si no se remiten los datos voluntariamente a la AEAT.
- Remisión a la AEAT (Verifactu): Los sistemas Verifactu deben permitir la remisión (en principio voluntaria) de los registros de facturación a la AEAT. Esta opción puede simplificar otras obligaciones como la inclusión del QR.
- Archivado y Conservación: Las facturas y registros asociados deben conservarse digitalmente durante el plazo legal (mínimo 4 años fiscales más el corriente), garantizando su acceso y legibilidad. Cumplir estos requisitos del software es fundamental bajo la normativa facturación electrónica 2025.
2.1. Formatos de Factura Electrónica: Más allá de Facturae
Cuando hablamos de factura electrónica en el ámbito B2B, el formato más conocido en España es Facturae, especialmente por su uso obligatorio con las Administraciones Públicas. Es un formato XML estructurado definido por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Es muy probable que sea uno de los formatos admitidos para la factura electrónica B2B obligatoria.
Sin embargo, la normativa facturación electrónica y las prácticas comerciales internacionales contemplan otros formatos estructurados que también facilitan el intercambio automatizado de datos. Entre ellos se encuentran:
- UBL (Universal Business Language): Un estándar abierto basado en XML, promovido por OASIS, ampliamente utilizado en Europa y a nivel internacional para documentos comerciales electrónicos.
- EDIFACT (Electronic Data Interchange for Administration, Commerce and Transport): Un estándar internacional de la ONU para el intercambio electrónico de datos (EDI), utilizado tradicionalmente por grandes empresas y en cadenas de suministro complejas.
- XML CII (Cross Industry Invoice): Otro estándar XML desarrollado por UN/CEFACT, que busca la interoperabilidad global para las facturas electrónicas.
El desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece especificará los formatos exactos admitidos y los requisitos de interoperabilidad entre ellos para garantizar que las empresas puedan intercambiar facturas electrónicas sin importar el software que utilicen, siempre que se adhieran a dichos estándares.

Tabla de Requisitos Verifactu Esenciales:
Requisito Verifactu | ¿Es obligatorio? |
Generación de código QR en facturas (si no hay remisión voluntaria a AEAT) | ✅ Sí |
Uso de firma digital o sistema autorizado para garantizar integridad/autenticidad | ✅ Sí |
Registro de eventos con hash encadenado (alta, anulación) | ✅ Sí |
Opción de remisión voluntaria (y continua) de registros a la AEAT | ✅ Sí (la remisión es voluntaria, pero el sistema debe permitirla) |
Es imperativo que el software o TPV que se utilice cumpla con todos estos puntos de la normativa facturación electrónica 2025.
3. Obligaciones Específicas para Empresas y Autónomos
La normativa facturación electrónica, especialmente con los cambios de 2025, impacta de forma distinta según el tipo y volumen del negocio, aunque la base de Verifactu es común:
- Grandes Empresas (>8M€ facturación): Serán las pioneras en la obligación de emitir y recibir facturas electrónicas B2B en formato estructurado. Aunque suelen contar con ERPs robustos, deberán asegurar su conformidad con los requisitos técnicos y de interconexión que establezca el reglamento de la Ley Crea y Crece.
- PYMES y Autónomos: Dispondrán de un plazo más amplio para la factura B2B, pero el 1 de julio de 2025 es la fecha límite para que su software se adapte a Verifactu. Deberán asegurar que su software de facturación o TPV cumpla con Verifactu y, más adelante, esté preparado para la emisión/recepción B2B. La normativa facturación electrónica 2025 implica una adaptación tecnológica relevante para este colectivo.
- Recepción de Facturas: La Ley Crea y Crece también impondrá a todas las empresas y autónomos la obligación de *recibir* y procesar las facturas electrónicas de sus proveedores, así como informar sobre los estados de la factura (aceptación, pago).
- Software Certificado / Declaración Responsable: Los desarrolladores de software deben garantizar que sus productos cumplen la ley, normalmente mediante una declaración responsable. Los usuarios deben optar únicamente por software que ofrezca esta garantía.
- Sistemas Particulares (TicketBAI, SII): En CCAA como País Vasco o Navarra (con Batuz) existen sistemas forales (TicketBAI) con requisitos propios. El SII (Suministro Inmediato de Información) sigue vigente para las empresas adscritas. La normativa facturación electrónica general debe coexistir con estas obligaciones preexistentes. Estar en SII o TicketBAI/Batuz (cumpliendo sus condiciones) puede tener implicaciones respecto a Verifactu.
3.1. Ejemplo práctico: Autónomo B2C (Clientes Particulares)
Un electricista autónomo que presta servicios mayoritariamente a clientes particulares (B2C) no se verá directamente afectado por la obligatoriedad de la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece en sus transacciones con estos particulares. No obstante, SÍ está completamente sujeto al Reglamento Verifactu. A partir del 1 de julio de 2025, su sistema de facturación (software, app móvil, o TPV si lo usa) deberá cumplir con todos los requisitos de Verifactu: generar un registro inalterable por cada factura, incluir QR si no envía datos a la AEAT, etc. Si adquiere materiales de un proveedor empresarial, deberá estar preparado para recibir facturas electrónicas de dicho proveedor cuando la normativa B2B le sea aplicable.
3.2. Ejemplo práctico: Tienda con TPV
Una librería que usa un TPV para sus ventas y emitir tickets (facturas simplificadas) también debe cumplir con Verifactu desde el 1 de julio de 2025. El software del TPV debe ser un sistema Verifactu, asegurando la integridad de cada ticket, registrando eventos y generando el QR en las facturas simplificadas. No es suficiente emitir tickets; el software subyacente debe ser conforme. Si la librería también realiza ventas al por mayor a otras empresas (B2B), cuando la Ley Crea y Crece aplique a su volumen de facturación, deberá poder emitir facturas electrónicas estructuradas para estas operaciones y recibir las de sus proveedores.
Entender las obligaciones específicas de la normativa facturación electrónica 2025 para tu caso es el primer paso hacia una adaptación exitosa.
4. Riesgos y Sanciones por Incumplimiento
No cumplir con la normativa facturación electrónica, especialmente con los hitos de 2025, acarrea riesgos significativos, tanto económicos como operativos:
- Sanciones por Software No Conforme (Ley Antifraude / Verifactu): Usar software de facturación que no cumpla los requisitos de Verifactu es una infracción tributaria grave. La sanción Verifactu para el *usuario* (empresario o profesional) asciende a 50.000 euros por cada ejercicio fiscal de uso. Para los *desarrolladores y comercializadores* de software no conforme, la sanción puede ser de 150.000 euros por tipo de software y año.
- Sanciones por Incumplimiento B2B (Ley Crea y Crece): Aunque pendientes de desarrollo reglamentario detallado, la Ley Crea y Crece contempla sanciones de hasta 10.000 euros para empresas que, estando obligadas, no emitan facturas electrónicas B2B o no permitan el acceso a ellas.
- Rechazo de Facturas: Emitir facturas (B2B o a Administraciones Públicas) sin cumplir los formatos o requisitos técnicos puede llevar a su rechazo, provocando retrasos en los cobros.
- Problemas con Deducciones Fiscales: Usar software que permita la manipulación de datos o no garantice la integridad puede invalidar los registros para la deducción de IVA o la justificación de gastos.
- Complicaciones en Auditorías: La falta de registros fiables y trazables dificultará enormemente cualquier inspección fiscal.
- Pérdida de Oportunidades Comerciales: Empresas que requieran facturación electrónica B2B podrían excluir de sus cadenas de suministro a quienes no puedan cumplir.

Tabla Resumen de Sanciones Principales:
Tipo de Incumplimiento | Sanción |
Uso de software no adaptado a Verifactu por el empresario/profesional | 50.000 € por ejercicio fiscal |
Producción o comercialización de software que no cumpla Verifactu por el desarrollador/distribuidor | 150.000 € por tipo de software y año de comercialización |
No emisión de factura electrónica B2B estando obligado (Ley Crea y Crece) | Hasta 10.000 € (pendiente de desarrollo reglamentario) |
Ignorar la normativa facturación electrónica, y sus plazos para 2025, conlleva riesgos financieros y operativos demasiado elevados. La adaptación proactiva es la única estrategia viable.
5. Errores Comunes y Consejos para la Adaptación
La adaptación a la normativa facturación electrónica 2025 puede ser un proceso con obstáculos si no se planifica adecuadamente. A continuación, se detallan errores frecuentes y consejos para una transición fluida:
Errores Comunes a Evitar:
- Demora Excesiva: Postergar la adaptación es el error más habitual. Aunque los plazos parezcan lejanos, la selección, implementación y prueba de nuevo software requieren tiempo.
- Presunción de Actualización Automática: No todos los proveedores de software actualizarán sus sistemas, en particular si son antiguos o básicos. Es vital confirmarlo directamente con el proveedor.
- Confusión de Plazos: Mezclar las fechas límite de Verifactu con las de la factura electrónica B2B, o no conocer las que aplican específicamente a su tipo de empresa.
- Uso Continuado de Herramientas Obsoletas: Seguir empleando hojas de cálculo o procesadores de texto para facturar una vez Verifactu esté en vigor es un riesgo directo de sanción.
- Falta de Capacitación del Personal: Si el equipo no está formado en el nuevo sistema o no comprende los procesos, la adaptación puede fallar.
- Creencia Errónea de Exclusión: Pensar que la normativa solo afecta a grandes corporaciones es un error; Verifactu impacta a casi cualquier entidad que emita facturas.
- Negligencia con el Certificado Digital: No poseer un certificado digital válido, o no saber cómo utilizarlo para la firma electrónica, es un impedimento.
- Exigir Declaración Responsable al Proveedor: Antes de comprometerse con un software, solicite una declaración firmada que asegure su conformidad con Verifactu y, si aplica, con la Ley Crea y Crece.
- Realizar Pruebas Piloto Exhaustivas: Antes de la entrada en vigor, pruebe la emisión, envío (si es el caso) y recepción de facturas para asegurar el correcto funcionamiento.
- Verificar y Gestionar la Firma Digital: Asegúrese de la validez de su certificado digital. Considere programas de firma digital integrados con su software.
- Buscar Asesoramiento Profesional: Un asesor fiscal o tecnológico puede clarificar obligaciones y ayudar a elegir la solución adecuada.
- No Esperar al Último Momento: Inicie el proceso de información y adaptación con la mayor antelación posible.
6. Pasos Clave para Adaptarte a la Normativa
Una adaptación exitosa a la normativa facturación electrónica 2025 requiere un plan de acción claro:
- Información y Diagnóstico Detallado: Investigue a fondo los aspectos de la normativa facturación electrónica que conciernen a su caso. Analice sus procesos de facturación actuales e identifique el software que utiliza.
- Verificación del Software Actual: Contacte a su proveedor de software (facturación, TPV, ERP). Confirme explícitamente si su solución cumplirá con Verifactu antes del 1 de julio de 2025 y si estará lista para la facturación B2B. Pida una declaración de cumplimiento.
- Búsqueda de Alternativas (si es preciso): Si su software actual no se adaptará, inicie la búsqueda de soluciones conformes. Considere opciones en la nube o TPVs adaptados.
- Gestión del Certificado Digital: Para firmar facturas electrónicas, necesitará un certificado digital para facturación electrónica. Verifique su validez.
- Definición de Nuevos Flujos de Trabajo: Planifique cómo se gestionarán las facturas electrónicas y los registros Verifactu. Adapte sus procesos contables.
- Comunicación y Capacitación Interna y Externa: Informe a su equipo y a sus socios comerciales B2B sobre los cambios. Provea la formación necesaria.
- Implementación de Pruebas Piloto: Antes de la fecha límite, realice pruebas completas para asegurar que todo funcione correctamente.
La planificación anticipada es crucial para cumplir con la normativa facturación electrónica 2025 sin contratiempos.
7. La Solución Integrada: TPV y Cumplimiento Normativo
Para muchos negocios minoristas y de servicios, el Terminal Punto de Venta (TPV) es esencial. Es vital que su TPV esté plenamente adaptado a la normativa facturación electrónica 2025, en especial a Verifactu desde el 1 de julio de 2025.
Un TPV moderno y conforme debe:
- Generar tickets y facturas cumpliendo Verifactu (registro de eventos, QR si aplica).
- Asegurar la integridad de los registros de ventas (hash, encadenamiento).
- Integrarse con su sistema contable.
- Estar preparado para la facturación electrónica B2B si aplica.
Un TPV integrado simplifica el cumplimiento de la normativa facturación electrónica. Verifique que su proveedor garantice la conformidad con Verifactu.
8. Beneficios de la Facturación Electrónica más allá del Cumplimiento
Si bien el cumplimiento de la normativa facturación electrónica es una obligación, también representa una oportunidad para modernizar y optimizar la gestión empresarial. Los beneficios van más allá de evitar sanciones:
- Reducción de Costes: Ahorro en papel, impresión, envío postal y almacenamiento físico de facturas.
- Mayor Eficiencia y Productividad: Automatización de procesos de emisión, recepción y contabilización de facturas, reduciendo el tiempo dedicado a tareas manuales y la probabilidad de errores humanos.
- Mejora en la Gestión Administrativa y Financiera: Acceso más rápido a la información, mejor trazabilidad de las facturas y los pagos, lo que facilita la toma de decisiones y la gestión de la tesorería.
- Reducción de Errores: Los sistemas electrónicos minimizan los errores de entrada de datos y los problemas asociados a la gestión manual.
- Agilización de Cobros: La recepción y procesamiento más rápido de las facturas por parte de los clientes puede acortar los periodos de cobro. La Ley Crea y Crece también busca combatir la morosidad mediante la trazabilidad de los estados de la factura.
- Mejora de las Relaciones Comerciales: Facilita el intercambio de información con clientes y proveedores, especialmente en cadenas de suministro integradas digitalmente.
- Sostenibilidad y Responsabilidad Social Corporativa: Disminución del impacto ambiental al reducir el consumo de papel y los transportes asociados.
- Seguridad y Conservación: Los sistemas digitales bien gestionados ofrecen mayor seguridad y facilidad para la conservación a largo plazo de los documentos fiscales, cumpliendo con los plazos legales.
Adoptar la normativa facturación electrónica no solo es cumplir una ley, sino dar un paso hacia un modelo de negocio más ágil, eficiente y adaptado al entorno digital actual.
9. Interoperabilidad y Plataformas de Facturación
Un aspecto crucial de la normativa facturación electrónica, especialmente para el éxito de la facturación B2B, es la interoperabilidad. Esto significa que los sistemas utilizados por diferentes empresas para emitir y recibir facturas deben ser capaces de comunicarse entre sí, independientemente del software o proveedor específico que cada una utilice.
El desarrollo reglamentario de la Ley Crea y Crece deberá abordar cómo se garantizará esta interoperabilidad. Se espera que se definan:
- Formatos admitidos: Como se mencionó, además de Facturae, podrían admitirse otros estándares como UBL, XML CII, etc.
- Protocolos de comunicación: Cómo se intercambiarán las facturas electrónicas entre las partes.
- El papel de las plataformas de facturación: Podrán existir soluciones públicas (como FACeB2B, que podría ser la plataforma de intercambio por defecto si las partes no acuerdan otra) y plataformas privadas de servicios de facturación electrónica. Estas plataformas deberán asegurar la interconexión entre ellas para que una factura emitida desde una plataforma pueda ser recibida por un destinatario en otra.
La Agencia Tributaria también podría jugar un rol, ya sea como repositorio de facturas o como validador, aunque los detalles aún están por definirse. La meta es crear un ecosistema donde el intercambio de facturas electrónicas sea fluido y estandarizado, fomentando la eficiencia en todo el tejido empresarial.
10. Preguntas Frecuentes
1. ¿Cuándo va a ser obligatoria la factura electrónica B2B en España?
La obligatoriedad de la factura electrónica B2B, según la Ley Crea y Crece, se implementará tras la aprobación del desarrollo reglamentario específico (aún pendiente en mayo de 2024). Una vez aprobado:
– Empresas y profesionales con facturación anual > 8M€: 1 año después de la aprobación del reglamento.
– Resto de empresas y profesionales: 2 años después de la aprobación del reglamento.
Es importante recordar que la obligación de usar software adaptado a Verifactu es anterior, el 1 de julio de 2025.
2. ¿Qué normativa regula la facturación electrónica en España para 2025?
Las normativas clave son la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) que establece la obligatoriedad B2B, y el Real Decreto 1007/2023 (Reglamento Verifactu) que regula los requisitos de los sistemas informáticos de facturación (SIF). También es relevante la Ley 58/2003 General Tributaria y el Real Decreto 1619/2012 (Reglamento de facturación). La normativa facturación electrónica es un compendio de estas leyes.
3. ¿Es obligatoria la factura electrónica en España en 2025 para todos?
No de la misma manera para todos. La obligación de usar un sistema Verifactu para el software de facturación es prácticamente universal desde el 1 de julio de 2025 para quienes expidan facturas. La factura electrónica B2B (formato estructurado) será obligatoria progresivamente según el tamaño de la empresa, tras un desarrollo reglamentario. Las operaciones con consumidores finales (B2C) generalmente no requerirán factura electrónica B2B, pero sí que el software con el que se emiten cumpla Verifactu.
4. ¿Cuáles son los cambios más importantes en la facturación para 2025?
El cambio más inminente y universal es la obligación de usar sistemas informáticos de facturación (SIF) que cumplan con los requisitos del Reglamento Verifactu desde el 1 de julio de 2025. Esto implica garantizar la integridad, conservación, accesibilidad y trazabilidad de los registros, a menudo con códigos QR y posible remisión a la AEAT. Progresivamente, se implementará la normativa facturación electrónica 2025 B2B obligatoria.
5. ¿Qué pasa si sigo emitiendo facturas en papel después de la fecha límite?
Si estás obligado a usar software Verifactu (desde julio 2025) y no lo haces, te expones a multas de 50.000€ por ejercicio fiscal. Si utilizas papel o un software no conforme, estarás incumpliendo la normativa facturación electrónica. Si estás obligado a emitir factura electrónica B2B (cuando entre en vigor para ti) y no lo haces, podrías enfrentar sanciones adicionales (hasta 10.000€ según Ley Crea y Crece) y tus facturas podrían ser rechazadas.
6. ¿Quién está exento de Verifactu?
El Reglamento Verifactu (RD 1007/2023) establece ciertas exclusiones. Principalmente, no aplica a los obligados al Suministro Inmediato de Información (SII), ni a los sistemas utilizados en operaciones exentas de IVA muy específicas (como algunas operaciones financieras o de seguros) si no existe obligación de expedir factura según el reglamento de facturación.
Tampoco aplica a quienes utilicen los sistemas forales como TicketBAI o Batuz, siempre que estos cumplan los requisitos de integridad e inalterabilidad equivalentes y así se determine. Es importante revisar el Artículo 2.2 del RD 1007/2023 o consultar con un asesor para casos particulares.
7. ¿Qué errores comunes hay al adaptarse a la normativa facturación electrónica 2025?
Algunos errores comunes incluyen: dejar la adaptación para el último momento, asumir que el software actual se actualizará automáticamente sin confirmarlo, no entender los plazos específicos que aplican a cada negocio, seguir usando herramientas no conformes como Excel o Word para facturar después de la entrada en vigor de Verifactu, no formar al personal, o no verificar la validez del certificado digital. Otro error es creer que la normativa facturación electrónica solo afecta a grandes empresas.
8. ¿Necesito obligatoriamente un certificado digital para cumplir la normativa?
Sí, para la emisión de facturas electrónicas B2B bajo la Ley Crea y Crece, y en general para garantizar la autenticidad e integridad que exige la normativa facturación electrónica 2025, se requiere una firma electrónica avanzada basada en un certificado digital cualificado. Para los registros Verifactu, el sistema debe garantizar la autenticidad e integridad, lo que a menudo implica el uso de certificados para la firma de los registros o para la comunicación segura con la AEAT.
9. ¿Mi software actual se adaptará o necesito uno nuevo?
Depende de tu proveedor actual. Debes consultarle urgentemente si adaptarán su software para cumplir con Verifactu (antes del 1 de julio de 2025) y los futuros requisitos B2B de la Ley Crea y Crece. Solicita una declaración responsable de cumplimiento. Si no te lo garantizan, deberás buscar e implementar una nueva solución compatible antes de las fechas límite.
10. ¿Qué diferencia hay entre Verifactu y la factura electrónica obligatoria B2B?
Verifactu se refiere a los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación para garantizar la integridad y trazabilidad de los registros de TODAS las facturas (incluidas las simplificadas o tickets). Afecta al software desde el 1 de julio de 2025.
La factura electrónica obligatoria B2B (Ley Crea y Crece) se refiere a la obligación de emitir y recibir facturas en un formato electrónico estructurado (como Facturae oficial) en operaciones entre empresas y autónomos. Sus plazos son posteriores y dependen de la aprobación de un reglamento específico. Ambos son componentes clave de la normativa facturación electrónica.
11. ¿Qué pasa si emito una factura con fecha anterior a la normativa?
La normativa aplica a las facturas emitidas y a los registros generados a partir de su entrada en vigor. Si emites una factura con fecha de operación anterior a la vigencia de Verifactu, pero la expides cuando Verifactu ya es obligatorio, tu sistema SÍ debe cumplir con Verifactu para esa expedición. Los sistemas Verifactu registran la fecha real de generación del registro. Intentar simular fechas pasadas para eludir la nueva normativa facturación electrónica podría considerarse una manipulación y ser sancionable.
12. ¿Cuántos días después del mes puedo emitir una factura?
La normativa general de facturación (RD 1619/2012) establece que las facturas deben expedirse en el momento de realizar la operación o, si el destinatario es empresario o profesional, antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se haya producido el devengo del IVA correspondiente a la citada operación.
La normativa facturación electrónica 2025 y Verifactu no modifican estos plazos generales de expedición, pero sí la forma y los requisitos del software con el que se emiten.
13. ¿Cuánto es la sanción por no usar software Verifactu?
La sanción para el empresario o profesional que utilice un software de facturación que no cumpla los requisitos de Verifactu es una multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal en que se haya utilizado. Esta es una de las sanciones Verifactu más significativas dentro de la normativa facturación electrónica.
14. ¿Qué información debe incluir el código QR obligatorio en las facturas Verifactu?
El código QR que deben incluir las facturas emitidas por sistemas Verifactu (cuando no se opte por la remisión continua de datos a la AEAT) contendrá cierta información del registro de la factura, como el NIF del emisor, número y serie de la factura, fecha de expedición, importe total, y otros datos técnicos que permitan verificar la factura y el registro asociado. El contenido exacto se detalla en las especificaciones técnicas del Reglamento Verifactu.
15. ¿Afecta la normativa Verifactu a las facturas simplificadas o tickets?
Sí, el Reglamento Verifactu afecta a todos los sistemas informáticos que expidan facturas, ya sean completas o simplificadas (comúnmente conocidas como tickets). Esto significa que el software de los TPVs de comercios, hostelería, etc., también debe cumplir con los requisitos de Verifactu (integridad, inalterabilidad, registro de eventos, QR si aplica) a partir del 1 de julio de 2025, como parte de la normativa facturación electrónica global.
11. Conclusión: Prepárate para el Futuro Digital
La normativa facturación electrónica y los cambios específicos para 2025 no son meramente un conjunto de nuevas obligaciones, sino un paso decisivo hacia la modernización y digitalización integral del tejido empresarial en España. Adaptarse a la Ley Crea y Crece y al Reglamento Verifactu es fundamental para evitar sanciones y operar dentro de la legalidad, pero también representa una valiosa oportunidad para optimizar procesos, reducir costes operativos y mejorar la gestión financiera general.
La clave del éxito reside en la anticipación y en la elección de las herramientas tecnológicas adecuadas. Es crucial evaluar la situación particular de cada negocio, verificar la conformidad del software actual o buscar alternativas válidas, planificar cuidadosamente la transición y considerar soluciones integradas que simplifiquen este proceso. Entender y aplicar correctamente la normativa facturación electrónica 2025 no solo te mantendrá al día con la ley, sino que también te proporcionará una ventaja competitiva en un mercado cada vez más digitalizado. No es solo una obligación; es una oportunidad para la modernización. Aún estás a tiempo de prepararte.
¿Buscas los detalles técnicos del Reglamento?
Si necesitas profundizar en los aspectos técnicos específicos, los requisitos del software (SIF), el funcionamiento de Verifactu y el contenido íntegro del Real Decreto 1007/2023, consulta nuestra guía completa sobre el Reglamento Factura Electrónica.
▶ Leer la Guía del Reglamento Factura Electrónica (RD 1007/2023)